Tostado, se lo han dicho con y sin literatura. A ver, los deberes hechos los trae, pero falta la corrección. Hete aquí: el progenitor que incumple el regimen de visitas, obstaculizando la relación con el no custodio está realizando un acto constitutivo de delito. El progenitor que no abona la manutención de un menor, está cometiendo un acto constitutivo de delito. Pero ambos casos NO VAN DE LA MANO. Jose Ramón Viesca denunció este hecho y la justicia le ha dado la razón, pese a lo irrisorio de la sentencia. La otra parte a la que usted hace referencia del impago de la pensión que lo luche la custodia en el juzgado. La causística que usted pretende establecer en ambos casos "no paga pensión=no ver a su hija", no casa, entérese ya, no ha lugar!!.
Particularmente no entro a valorar si la pena de 60€ es alta o baja, lo importante es la condena por un hecho que implica impedir el contacto de una hija con el padre a pesar de existir sentencia que obliga a ello.
La sentencia en Fundamentos Jurídicos dice:
"Tercero.- ... este juzgador considera procedente imponer al acusado por la falta contra las relaciones familiares, la pena de 30 días, a razón de 6 € por día, por considerar que dicha persona ha actuado de forma concienzuda sin importarle ni el bienestar de su hija, ni por supuesto la obligación que le impone la resolución judicial que fija el régimen de visitas de su hija con el progenitor no custodio...Todo ello, sin entrar a valorar las supuestas coacciones que no son objeto de este pleito, pero que traen como consecuencia la presente sentencia."
Es evidente que el juzgador considera debe imponer mayor pena que la que solicita el fiscal y que la que finalmente impone, ya que el denunciante en la vista dice que no interesa mayor pena, que simplemente desea que se cumplan las visitas y haya condena por su incumplimiento.
En la vista, el juzgador reiteró a la madre que el tema de impago de alimentos no implicaban suspender las visitas ni tenían relación con el caso, advirtiéndole que si se reiteraba en el tema la desalojaba de la sala, idem. cuando insistía en que declarara la menor, de diez años, para evidenciar que era la menor "la que incumplía" y que ella nada podía hacer...
El título de "incumplimiento de visitas y su repercusión" no va en el sentido de si es mucho o poco una condena de 60€, eso es lo de menos (a mi entender) va en el sentido de la repercusión para el menor (el maltrato que supone alejar, sin motivo ni orden judicial, a un hijo de un progenitor y la repercusión que ello puede acarrear.
Ah, el tema si el no custodio tiene dinero para pasajes de avión pero no para alimentos... no viene al caso, los alimentos se pagan en proporción a los ingresos no al dinero, propiedades, colchón familiar que tenga el no custodio. Si el no custodio no tiene ingresos y solicita su suspensión está en su derecho, por contra el custodio no está en su derecho entorpeciendo la relación de hijos con no custodio.
Exacto.
Soy progenitor custodio monoparental, el impago de la pension de alimentos, no faculta al progenitor custodio para impedir el regimen de visitas con el otro progenitor,
para este fin existirian diversas actuaciones desde actuaciones civiles hasta actuaciones penales, son cosas distintitas por mas aferrizada que intente ser la conducta de algunos intervinientes.....
Un saludo.
Hay que ser una mujer bruta. Muy muy bruta. Para quitarle a la niña el ver a su padre, tan ilusionada, y con actos de semejante violencia. Hacer a llamar a la niña por teléfino para amenzar, anular el billete....es igual que si a la niña le hubiera arrancado violentamente el billete de la mano. Como quitarle un caramelo a un niño, tan vulnerable, y solazarse viéndolo llorar. Sólo que ésto es peor.
España está llena de madres brutas. Insultar a una mujer es maltrato, pero ser una madre embrutecida no es maltrato ni está penado.
Como dice tostado...esa sentencia es bastante inlogica, la de los 60€ de multa...pero como también dice y creo como el, que tiene razón,seria menos logica, si este padre fuera de los padres que cumplen con sus obligaciones (no sabia yo que no cumplia dicho señor, con la obligación que tiene el de pasar la pensión), quizá el juez haya puesto en una balanza... el que el no cumple con su obligación de alimentar a su hijo, y haya pensado que obligaciones y derechos, auqnue a mas de un@ le parezca que no...van juntitos...
Y eso de que como la madre tiene pareja...que sea dicha pareja quien mantenga al hijo de dicho señor...señores y señoras...como que NO.
Si el juez pusiera la balanza en equilibrio, le daría un trabajo a ese señor, además de la custodia de su hija, porque al haber pasado una enfermedad seria, le sería más fácil el desplazamiento a ella (la madre de su hija) que a él.
Seguramente que le habría evitado pasar por una enfermedad el que se hubiesen hecho bien las cosas desde el principio.
Si la señora no quiere mantener a su hija que se la deje al padre que creo que ya le toca y vemos si él se queja de falta de pago o no. Esa sería la justa balanza.
No sabia que este señor estuviese enfermo...
Yo soy partidaria de la humanización, y desde luego de no pisar derechos ni obligaciones.
Lo que pasa que si los jueces pusieran balanzas...seguiria pesando el que el hijo coma...pero si el demuestra su enfermedad, cual es su situación y sus recursos, ahi también creo que se le tendria encuenta.
Yo desde luego pido a mi ex, arreglado a sus ingresos, y si el padre de mis hijos estuviese enfermo de enfermo...desde luego no le exigiria lo que el no podria...de ahí lo de la humanización. Pero miremonos todos por dentro y con el corazón de verdad...si se puede pues a cumplir...
bueno al parecer, la sentencia no es tan injusta como parece hay una frase que aparece el que el juzgador recoge y es "Por su parte, la madre manifiesta que no deja que la niña vea a su padre porque la menor no desea ver a su padre, asegurando que no influye en la niña" aqui el juzgador se cubre las espaldas....
no sabia que en este pais los jueces dan trabajo ¿son empresarios o algo asi? teoria bastante disparatada primero darle trabajo y luego la custodia..... !un disparate! si lo que queremos es arreglar pues arreglemos no divaguemos...
ud sr@ ingri por lo que refiere debe conocer a las dos partes e incluso a la pareja de la madre...que la señora no quiere mantener a su hija de donde saca ud esa afirmacion....
sr@ ingri cual es el afan que ud tiene porque le den la custodia ya que ud conoce tan bien el tema y sabe de la enfermadad del padre ¿sabe ud si la niña esta bien o mal atendida, educada,... etc.?
conoce tb a la madre? bueno el desenlace en poco tiempo cuando veamos a quien de los dos le dan la custodia.... yo creo que a la madre, veamos a ver si me equivoco o se equivocan uds. al hacer telas aseveraciones pues si la madre es tan negada como ud. dice y teniendo en cuenta que la pension nada tiene nada que ver, entonces solo entonces la custodia sera para este papa y todos en este foro habran cumplido sus expectativas.