mi consulta es la siguiente: segun el convenio de mi empresa (artes
graficas y derivados del papel) tengo derecho a un incremento salarial del
3% por trienio al cumplir 3 y 6 años de antigüedad en la empresa. Resulta
que yo cumplí los 6 años en la empresa el pasado 24 de octubre, pero estuve
de baja por maternidad desde el 28 de septiembre hasta mediados de enero.
durante este tiempo al estar cobrando la baja, no percibí el incremento ni
en noviembre, ni en diciembre, y al reclamar a la empresa los retrasos me
dicen que no les consta que me tengan que pagar los retrasos. tengo derecho
a reclamar el 3% de incremento que, de no haber sido madre, habría cobrado
en noviembre y en diciembre? según qué lei o apartado del convenio me deben
ese dinero?