Me podríais contestar a la siguiente pregunta?:
¿Quien concede o deniega la incompatibilidad para un segundo puesto o actividad en el sector publico?.Según el Ley 53/1984 parece ser que es el Ministerio de la Presidencia, pero en algun otro sitio he leido que es el Ministerio de Administraciones Públicas. Gracias
¿Puede un Ayuntamiento, conceder la compatibilidad a unos funcionarios y denegarselas a otros (en igualdad de situaciones), sin estar estas dos posturas motivadas?.
Me gustaria saber si teniendo plaza como estatutario ejerciendo como medico en mi comunidad puedo ejercer como medico en un geriatrico. Resulta que no me conceden la compatibilidad porque segun la administracion el geriatrico tiene algunas plazas subvencionadas por un organismo publico y como tal entienden que el geriatrico es tambien un trabajo publico. La verdad es que no lo entiendo.
Aún sin ser especialista en personal estatutario me atrevo a decirle que tal vez podría llevar su caso al contencioso porque dicha fundamentación jurídica se me antoja débil.......No es posible tener dos puestos en el sector público (los médicos tienen efectivamente particularidades al igual que profesores universitarios), pero desde luego habría que ver con detenimiento si ese geriátrico realmente puede considerarse "público" a pesar de sa "subvención".
Un cordial saludo)