Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Incompatibilidad funcionarios-abogacia

1 Comentarios
 
14/09/2002 14:20
Si no tienes dedicación exclusiva (es decir puesto base) puedes ejercer siempre que cumplas lo establecido en los arts. 11, 12, 13, 14 de la Ley 53/84 de 26 de diciembre (BOE nº 4 de 4 de enero de 1985), o sea, no tener relación con los asuntos en los que se esté trabajando, no tener jornada presencial igual o superior a la mitad de la jornada semanal ordinaria de trabajo en el Ayuntamiento... Mírate mejor la ley.
Incompatibilidad funcionarios-abogacia
09/09/2002 16:49
Buenas, soy licenciado en derecho y a la vez funcionario de la Administración Local en concreto Administrativo de un Ayuntamiento, deseo que me alguien me dijera, atendiendo a tan dispersa legislación si podría montar un despacho y ejercer en otra localidad cercana.

En el Colegio de Abogados me dicen que es mi empresa la que ha de autorizarme.

Gracias de antemano.