Me gustaria saber si las actividades que mencionan el artículo 19 de la Ley 53/1984 de 26 de diciembre de Incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones Públicas y el artículo 15 del Real Decreto 517/1986 de 21 de febrero (ambos dicen lo mismo), de incompatibilidades del personal militar,en que se declaran exceptuadas del régimen de incompatibilidades, al querer ejercerse alguna de las que cintan, se debe solicitar el reconocimiento de compatibilidad, o simplemente si los citados artículos, expresan a las mencionadas actividades con el sentido de que no hace falta solicitarlo, daldolas por concedidas