Buenas tardes.
Durante el año 2017 mi hija estudiante compartía piso como inquilina con otras tres chicas. El propietario de la vivienda les indicó que tenía el piso asegurado e incluso con la extensión de vivienda dedicada al alquiler.
La cuestión es que una mañana, mientras mi hija estaba aún dormida, una de las compañeras encendió el brasero y se produjo un incendio que causó graves daños a la vivienda y algunos a la comunidad.
Mi hija desconoce la causa del incendio, sólo que la compañera lo encendió, se fue a la cocina y cuando se dio cuenta ya era incontrolable, y por otro lado que el brasero, propiedad del arrendador, estaba en muy malas condiciones y, a pesar de habérselo comunicado, éste no quiso cambiarlo o retirarlo.
A pesar del estado del brasero y de que mi hija no fue la que lo encendió puesto que estaba aún acostada, la compañía de la comunidad de propietarios, le reclama los daños ocasionados y se lo comunica para interrumpir la prescripción.
Mis preguntas son:
1. ¿Podría tener alguna responsabilidad mi hija si ella no fue la que encendió el brasero y estaba dormida en su cuarto?
2. Si la posible causa fue el mal estado del brasero, ¿no podría recaer la responsabilidad en el casero?
3. Contratar un seguro por parte de varios estudiantes inquilinos que están rotando permanentemente es muy complicado, ¿no debería ser obligatoriedad del propietario contemplar la extensión de la póliza como destino de la vivienda al alquiler?
4. En nuestra póliza, en cuanto a la cobertura de Responsabilidad Civil, se indica que están cubiertos los daños causados a terceros imputables al asegurado a consecuencia de:
. Su condición de persona privada y, en su caso, de cabeza de Familia.
. Por la propiedad o el uso de viviendas destinadas a residencia del mismo, aun cuando fuera con carácter temporal.
En caso de que se determine la responsabilidad de mi hija, ¿significa que estaría cubierto por el seguro de nuestro hogar?
Gracias y un saludo
Esta pregunta debe hacerla en el foro de Derecho Civil General porque en realidad no se trata de una cuestión sobre alquiler, sino sobre seguros, y por tanto en el otro foro podran darle mejor respuesta.
-Diría que no
-Sí. Y si tiene seguro debería pagarlo este.
-Es recomendable hacerlo pero no es obligatorio tener seguro de vivienda, y no creo que deba serlo. La propia vivienda (a diferencia por ejemplo de un coche) ya es un patrimonio que funciona como garantía ante posibles responsabilidades que no pudiera pagar el responsable civil (si no paga se le embargará). Por eso los bancos sí obligan a contratar un seguro de vivienda con la hipoteca, para que pueda cubrirles también a ellos en caso de accidente.
-Si está incluida tu hija en el seguro sí.