Si te la ha propuesto la entidad gestora, puede que vea claro que te deben dar una incapacidad, en el grado que corresponda.
Artículo 4. Iniciación del procedimiento.
1. El procedimiento para evaluar la incapacidad en orden al reconocimiento del derecho a las prestaciones económicas por invalidez permanente y a las indemnizaciones por lesiones, mutilaciones y deformidades de carácter definitivo, no invalidantes, se iniciará:
De oficio, por propia iniciativa de la Entidad gestora, o como consecuencia de petición razonada de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social o del Servicio de Salud competente para gestionar la asistencia sanitaria de la Seguridad Social.
A instancia del trabajador o su representante legal.
A instancia de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social o de las empresas colaboradoras, en aquellos asuntos que les afecten directamente.
El procedimiento será impulsado de oficio y se adecuará a las normas generales del procedimiento común y a las disposiciones de desarrollo de este Real Decreto.
2. A efectos de revisión del grado de incapacidad reconocido estarán legitimados para instarla, además de las personas y entidades referidas en el apartado anterior, los empresarios responsables de las prestaciones y, en su caso, quienes de forma subsidiaria o solidaria sean también responsables de las mismas.
Hola a todos, soy nueva en este foro y la verdad es que estoy como vosotros, os cuento mi caso por si alguien puede ayudar o decirme algo, el pasado 6 de enero me dio la baja en el medico de cabecera, por distrofia simpatico refleja, soy discapacitada al 60% bueno a los 15 dias me llamo la mutua y cuando fui me dijo que ya habia aguantado bastante trabajando y que con mis patologuias me propondian para una incapacidad, me llego la carta del umvi, y pase el tribunal medico, el cual me dio el alta por incapacidad y me cito con el evi, todo esto en menos de 3 meses hoy dia segun mi expediente es el siguiente:
Consulta de situación de expedientes en trámite Estado actual
1° Estudio de solicitud, datos y documentos aportados.Comprobación de requisitos previos CONCLUIDO
2° Emisión del informe médico para determinar la situación clínica de incapacidad CONCLUIDO
3° Emisión del dictamen/propuesta de incapacidad laboral por el Equipo de Valoración de Incapacidades PENDIENTE
4° Estudio de vida laboral y de todas las cotizaciones efectuadas CONCLUIDO
5° Determinación del importe de la pensión PENDIENTE
6° Estudio final y propuesta de resolución PENDIENTE
7° Revisión y confirmación del expediente PENDIENTE
8° Firma de la resolución PENDIENTE
mi pregunta es la siguiente, te pueden dar una incapacidad tan rápido?