buenos día, tengo mi pensión de 355 euros pero me han ofrecido un trabajo de media jornada que no me perjudica para lo que me han dado la incapacidad,¿me quitarían mi pensión si lo hago? o ¿me la nivelarían con lo que me dieran de sueldo? tambien me han dicho que primero tendría que darme de alta y despues la ss me diría si puedo trabajar en eso o no.esto me lo han docho en la ss. quisiera saber si es cierto o no. gracias
1º) Si el trabajo es compatible con tu lesión podrás continuar percibiendo la prestación por incapacidad permanente total...
2º) La pensión variará si percibías el 75% por incapacidad permanente total cualificada (a partir de los 55 años), al trabajar pasarías a cobrar el 55%. Si no percibías el 75%, si no que percibías el 55%, la pensión no variará...
3º) Tu empresa te dará de alta, tendrá que presentar tu contrato de trabajo en el que figurará la categoría profesional y un profesiograma o descripción detallada de las tareas que realizas.
Con esto, el INSS decidirá si tu trabajo es compatible con las lesiones o no.
Si no es compatible, podrías trabajar, pero perderías la prestación por incapacidad permanente total...
COMO LO LLEVO????? Consulta de situación de expedientes en trámite Estado actual
1° Estudio de solicitud, datos y documentos aportados.Comprobación de requisitos previos CONCLUIDO
2° Emisión del informe médico para determinar la situación clínica de incapacidad CONCLUIDO
3° Emisión del dictamen/propuesta de incapacidad laboral por el Equipo de Valoración de Incapacidades CONCLUIDO
4° Estudio de vida laboral y de todas las cotizaciones efectuadas CONCLUIDO
5° Estudio final y propuesta de resolución CONCLUIDO
6° Revisión y confirmación del expediente PENDIENTE
7° Firma de la resolución PENDIENTE
Esto pinta muy bien... cuando este concluido el 7º casi se puede decir q ya está aprobado, lo suyo es q concluyan los 8 puntos para poder asegurar q el expediente se ha resuelto favorablemente.
Suerte!!
PERDONA!!!!!
Me he confundido.
Me ha parecido ver q faltaba concluir el 7 y 8.
Ahora veo q el 8 no esta.
Debemos entender q al quedar 7 apartados te será denegada....
De verdad q lamento la confusión q he tenido... la rectificación te la hago con 2 minutos de diferencia entre un post y el otro.
Mira mille... yo me baso en la experiencia de los q voy viendo.... me gustaría q en tu caso no se cumpliera pero me temo lo q te he escrito... a menos q hayan cambiado el sistema de valoración y lo0 hayan dekado en 6 puntos.
El 5º es el cálculo de la pensión y en tu caso no es así con lo cual.....