Hola.
Lo que debemos de tener muy claro es que si empezamos a trabajar aún entregando copia del contrato del nuevo trabajo al INSS con toda y absoluta seguridad que se llaman para pasar resision por el tribunal acarreando sus riesgos aunque no halla pasado los dos años de revisión como ponen en la carta
Hola Milicap, pasados los 21 dias primeros, se cobra el 75% del salario, hasta que te den el alta, ya sean 12 meses ò 18, la otra pregunta no se cual es, Un saludo
Tuve en un accidente laboral. Agoté todo el tiempo de incapacidad temporal hasta que la mutua me dio el alta. Me enviaron al paro el cual estuve cobrando. La incapacidad estaba pedida y denunciada en los juzgado. Gané en primera instancia y ahora he ganado también en el Tribunal Superior de Justicia. Mi pregunta es: ¿Me tienen que pagar la pensión todo el tiempo que estuve en paro por darme el alta la mutua indebidamente? ¿O sólamente la diferencia ya que en el paro cobraba menos de lo que me queda ahora de pensíon..? Estuve en le paro más de año y medio. Por favor alguien me podría explicar esto. Gracias de antemano a todos los que leáis esto y áquellos que me den respuestas. Un saludo.
La incapacidad permanente total siempre es revisable..yo tengo una revisión ahora el lunes y quiero solicitar el pago alzado.. Pero no me aclaro con lo que pone aquí si siempre son revisables a los dos años ?
Que se presuma que las lesiones determinantes de la incapacidad no son susceptibles de modificación que den lugar en lo sucesivo a una revisión de la incapacidad declarada. Me podéis ayudar por favor
Hola a tod@s.Tengo reconocida una incapacidad en grado total,no revisable,o por lo menos esa fué la resolucion que le mandaron a la empresa,alegando que no tendria mejoria en dos años.Con lo cual la empresa me finiquitó con lo que me correspondía y no me guarda el puesto de trabajo.
A mi en la resolucion no me aparece esta coletilla,y me dice que es revisable a los 2 años.
Mi pregunta es:Segun lo que os he contado,se considera revisable ó no revisable.
Otra cuestion es que he pasado el certificado de minusvalia por la comunidad de Madrid y me dan el 15% por tener secuelas en el tobillo(Tengo una protesis de tobillo).He recurrido y he recibido la misma resolucion,el 15%.¿Es esto normal?.
Con la incapacidad que tengo ¿tengo los mismos beneficios ó prestaciones que con el 33% de grado de minusvalia de la Comunidad de Madrid?
Mirate el tercer parrafo, para que te guarden el puesto de trabajo es necesario que conste en la resolucion la revisión por posible mejoria, no que sea revisable en dos años.
3. Sobre la minusvalía: Se considerarán afectados por una minusvalía en grado igual o superior al 33 por ciento los pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total.
Artículo 1. 2. A los efectos de esta ley, tendrán la consideración de personas con discapacidad aquellas a quienes se les haya reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento. En todo caso, se considerarán afectados por una minusvalía en grado igual o superior al 33 por ciento los pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez, y a los pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.
La acreditación del grado de minusvalía se realizará en los términos establecidos reglamentariamente y tendrá validez en todo el territorio nacional.
(LEY 51/2003, DE 2 DE DICIEMBRE, DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES, NO DISCRIMINACIÓN Y ACCESIBILIDAD UNIVERSAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD)
No tu empresa no te guarda el puesto de trabajo. El puesto de trabajo se guarda cunado te conceden la IPT con revisión a los dos años por previsión de mejoría.
Pueden parecer lo mismo pero son distintas.
ok.Entonces ahora mismo tengo el 33 por ciento de minuvalia(a presentar donde hiciera falta con el mismo papel de la invalidez permantente,no es eso??
Y respecto a la revision en dos años... mi empresa me guarda el puesto? En las mismas concidiones??
Puedo trabjar en otro sitio mientras? Tiene k valorar alguien si ese otro trabajo puedo o no puedo realizarlo?
Gracias
A mi un abogado me dijo que eran dos cosas distintas y de hecho yo he solicitado las dos, la incapacidad me la han denegado y estoy esperando que contesten a la reclamación para ir al juzgado y el de minusvalia fui alli, pase varias entrevistas y me dijeron que en tres meses me darian la respuesta.
Gracias.
El otro dia estaba en la consulta de salud mental y al lado está la asistenta social.Me dijo que teniendo un expediente de incapacidad total,y presentando eso donde fuera... ya se me da como minusvalida en 33 por ciento....(para opos y todo eso)....
y la creí,no es entonces asi??
Por lo que yo tengo entendido, son dos cosas distintas el grado de minusvalia y la incapacidad, la minusvalia si eres de Madrid debes pedirla en la c/ Rafael Alberti, y en cuanto a tu otra pregunta podrías trabajar pero no en el trabajo que venias desempeñando,puesto que te han dado la incapacidad por no poder desarrollarlo, espero haberte sido de ayuda
Incapacidad permanente total para la profesión habitual
INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL PARA LA PROFESION HABITUAL.
Con mi base reguladora se me han quedado unos 700 euros en 14 pagas pero pone k es revisable en 2 años.
Hasta ahi lo entiendo todo bien...
puedo trabajar en otra cosa?Tengo k comunicarlo a la SS si encontrara ese "otro trabajo" y evaluaran ellos si es compatible con mi incapacidad?
Y mi empresa..tienen k guardarme 2 años mi puesto pero.. en k concidiciones? Las mismas k tenia hasta ahora?.....Que podeis decirme??
Por cierto..tener esta incapacidad...es equivalente a tener el 33 por ciento de minusvalia minimo?? O deberia pedirla tambien?GRacias