"... hubo una engañosa contradicción entre la convocatoria y el Acta..."
Con ese argumento sería muy difícil ganarlo (aunque en sede judicial se han visto cosas más raras), porque no hay contradicción entre lo votado y el acta. Habiendo votado a favor, se constituye en colaborador de la contradicción.
Yo,ni nadie podemos saber que está respondiendo a otro blogero, porque usted no lo indica.
AQuí nadie es adivino.
Y es usted quien debe aclarar a quien se dirije, o esta escribiendose a usted mismo
Y abogados, que yo sepa uno. Dick Turpin, los demás somos parados, jubilados, ociosos, conocedores de la LPH., Pero aquí un abogado no pierde su valioso tiempo, porque tiene un despacho que atender
Para su conocimiento, de leyes no tengo ni pajarera idea, y escribo aqui, porque me divierte e invierto mi tiempo ocioso.
Pues impugne si puede
A que no lo hace?
Si lo tiene tan claro, a que pregunta?
Haga de su capa un sayo,
Vaya a un despacho de abogados y dejesé de autoengañarse.
Nadie, le ha dicho que si pueda impugnar, pero usted sigue erre que erre.
Pues no pierda el tiempo y hagaló