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Impugnar paternidad

2 Comentarios
 
Impugnar paternidad
03/05/2023 17:14
Buenas tardes.
Soy divorciado. Tengo una hija de 15 años. Ultimamente no muestra ningún tipo de cariño hacia la familia paterna. De hecho, cuando tenia 6 años, nos negaba el saludo y afecto por la calle.
Falleció el abuelo paterno y se negó a asistir al velatorio . Su abuela le llama por telefono varias veces y no quiere hablar con ella. A su tia tampoco le contesta a los mensajes.
Exige el pago mensual del telefono. Tiene una actitud violenta en la situación familiar, ya que estoy en paro y no muestra condescendencia.
Hace un par de meses, la abuela paterna me hizo un comentario acerca de lo que le dijo la madre de mi hija el cual yo ignoraba y admitiendo que yo no era el padre.
La abuela, ante esta situación, pretende solicitar una prueba de paternidad.
Es posible ?
Gracias.
04/05/2023 16:30
Hola. Ella es muy joven. Se dará cuenta del daño que os está haciendo, más adelante. No se lo reproches, en el futuro. Tenga paciencia.

Puedes hacerte la prueba. Sin embargo, prevalece el derecho del niño. Viene del derecho napoleónico.

Vd. deberá asumir la obligación de ser el padre hasta que mediante sentencia judicial se decrete lo contrario.

En tal sentido, usted podrá adelantar el proceso tendiente a la impugnación de la paternidad mediante abogado, ante el Juez de Familia.

Su hija no puede repudiar su apellido, si seguís siendo familia, pero sí puede cambiar el orden de los apellidos.
08/05/2023 09:12
La abuela no puede impugnar la paternidad, lo puede hacer el padre.
Por lo que cuentas (que ya a los 6 años negara la afectividad) hace pensar en un espectro autista (antiguo Asperger), pero vamos, eso lo sabrás tú. Pero siendo menor es difícil obligarle a nada; sí pueden solicitar visitas los abuelos si es la progenitora la que lo impide, pero si la cría no quiere ir, ni verlo, ni hablar con ellos, es complicado ya con 15.
El teléfono no tienen por qué pagarlo, por ahí se le puede ejercer cierta presión, pero vamos, creo que es más tema de psicólogo que legal. Legalmente ya te digo: no tenéis ninguna obligación de pagarle el teléfono salvo que se incluyera en el convenio. No es ningún derecho del menor tener teléfono, a ver. Será conveniente o lo que se quiera, según vea cada uno, pero no hay obligación ninguna.