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Impugnar la junta de vecinos por no convocación

6 Comentarios
 
14/11/2020 22:30
jalisco
Perfecto, porque si habrá derramas

Gracias por la ayuda.
14/11/2020 22:00
Pues si quiere que le convoquen y le remitan las actas, escriba al administrador y le solicita el número de la cuenta corriente de la comunidad y le dice que no le remita los recibos dado que usted ingresara su cuota en el banco.
Usted no tiene obligacion alguna de abonar su cuota a través del administrador.
Que logra con ello?
Pues que si no le remiten el acta con la subida que se acuerde o las derramas a pasar, no las abonara por edición de funciones del administrador.
Cuando le remita el número de la cuenta corriente, le solicita la ultima acta donde figure su cuota a abonar
14/11/2020 20:51
pen24
Gracias por la ayuda.
Las juntas no se ponen en ningún sitio a la vista como la portería, los ascensores, etc.
En una ocasión les hice llegar un correo al administrador para verificar que tenían mi dirección, que tuvieran constancia de que no me citaban en las juntas, me confirmaron la recepción del correo y fue lo único que supe de la comunidad.
Me consta que otros vecinos tampoco son convocados a las juntas, no reciben el email de convocatoria.
Y no hay manera ni que nos convoquen, ni de hablar con el administrador de la finca, ni saber el estado de la comunidad, ni si hay gestiones por los daños estructurales, es urgente porque cumple los 10 años y 3 meses
14/11/2020 19:35
pen24
Pen24 porque indica usted que no se puede impugnar una junta si ha pasado un año?
Acaso desconoce usted los acuerdos que se pueden impugnar cuando van en contra de la LPH?
14/11/2020 18:03
EstrellaRomana
No puede impugnar una junta si ha trascurrido 1 año. ¿Facilito Ud de forma fehaciente la dirección a efectos de comunicación?.
14/11/2020 17:05
Facilito su dirección según o estipulado en el art.9.1.h de la LPH?
Comunicar a quien ejerza las funciones de Secretario de la comunidad, por cualquier medio que permita tener constancia de su recepción, el domicilio en España a efectos de citaciones y notificaciones de toda índole relacionadas con la comunidad. En defecto de esta comunicación se tendrá por domicilio para citaciones y notificaciones el piso o local perteneciente a la comunidad, surtiendo plenos efectos jurídicos las entregadas al ocupante del mismo.
Si intentada una citación o notificación al propietario fuese imposible practicarla en el lugar prevenido en el párrafo anterior, se entenderá realizada mediante la colocación de la comunicación correspondiente en el tablón de anuncios de la comunidad, o en lugar visible de uso general habilitado al efecto, con diligencia expresiva de la fecha y motivos por los que se procede a esta forma de notificación, firmada por quien ejerza las funciones de Secretario de la comunidad, con el visto bueno del Presidente. La notificación practicada de esta forma producirá plenos efectos jurídicos en el plazo de tres días naturales.
Impugnar la junta de vecinos por no convocación
14/11/2020 16:55
Buenas tardes.
Les explico mi caso, compre una vivienda nueva en el 2014, la entrega de llaves de la urbanización fue en el 2012. Yo venía por trabajo venía fines de semana, en verano, algún puente y desde el 2019 vivo ya aquí permanente. Desde nunca me han comunicado una junta, lo suelen hacer por correo electrónico, me han confirmado algunos vecinos que tampoco han asistido a todas porque no siempre se convocan a todos los vecinos.
El problema es que ahora un vecino me ha comentado que hay desperfectos estructurales, y que hace 3 años cuando se habló del tema se dejó pasar.
Tengo alguna forma de impugnar está junta y q se trate de nuevo y como si fuera en esa fecha.
Muchas gracias de antemano. Un saludo