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Impugnación de acta

7 Comentarios
 
27/07/2004 13:28
Gracias por esta aclaracion que me acabas de hacer yq que ahora si veo las pautas a seguir mas claramente y asi lo hare como bien aqui me recomiendas,ya hable con el colegio y ellos mismos me dijeron que tenian constancia del intrusismo de esta persona pero la cuestion que aqui sigue ejerciendo impugnemente y me dijeron que le servia de paraguas otro administrador titulado pero que podriamos tener serios problemas en un futuro ya que esa otra persona que la ampara no aparece su nombre ni su numero en ninguna parte por lo que a el no se podrian pedir responsabilidades.
Me pregunto que aciones tomo ó ha tomado el colegio sobre esta persona si ya le consta que esta ejerciendo,ya que como digo el propio colegio me facilito nombre y apellidos de quien la esta amparando.
Creo que hay un codigo deontologico porque no le llaman la tencion a esta persona ó toman medidas contra el sabiendo que es lo que esta haciendo ya que tambien esta registrado en dos provincias diferentes con que finalidad de sacar dinero por esa ayuda que presta con su titulo,cuestion que considero esta fuera de etica profesional ya que de esta manera nunca se limpiara de intrusismo esta profesion si se sigue permitiendo y amparando estas cuestiones y mas sabiendo que las hay y estan ahi.
Por favor hay que empezar por los propios componentes de la profesion a no percibir nada por prestar esa ayuda y mantener limipo de toda duda la profesion asi nunca se terminara y denunciarla tambien si se quiere mantener el honor,credibilidad y transparencia de este colectivo de adminstradores de fincas.
Gracias yo creo que esto se ira terminando poco a poco con la ayuda y colaboracion de todos,todos somos partes en este problema.
De nuevo muchas gracias
27/07/2004 11:33
Si quiere impugnar el acta de la junta de propietarios, independientemente de quien la haya redactado, deberia ser porque hay algo falso en ella, porque atenta contra sus derechos...y no solo porque la haya redactado esta persona que como usted dice ejerce de administradora sin estar colegiada. Pero sepa, que si inicia la impugnacion del acta, tendra que hacer frente (al menos hasta obtener sentencia y suponiendo que la gane) a los gastos de abogado y procurador (que como comprendera son cuantiosos)
Por otra parte, a mi entender,lo que yo le recomendaria que usted debe hacer es presentar una denuncia contra esta mujer, por intrusismo profesional,en el colegio profesional que corresponda a su provincia, para que ellos tomen las acciones legales pertinentes. Ademas, puede presentar tambien una denuncia en la comisaria de policia nacional. No estaria de mas que comunicase a esa persona mediante notificacion fehaciente (p.e. burofax), que va a entablar acciones legales contra ella por intrusismo profesional.
Un saludo
27/07/2004 09:34
Mi pregunta es si ahora cuando reciba el acta hago una impugnacion de la esta y teniendo certificacion del colegio de administradores de fincas como que esta persona no esta colegiada,que posibilidades hay de ganar esa impugnacion ya que en caso contrariome tocaria pagar lo que me dijeron abogado y procurador y eso esta fuera de mis posiblidades economicas ya que soy yo solo el que estoy haciendo esta reclamacion y el resto de vecinos desconocen la situacion de este intrusismo y solo pudo hacerlo saber en la proxima reunion y esta seria para dentro de un año ya que que se acaba de hacer la de cerrar balance y solo se hace esta por las caracteristica que tiene la urbanizacion de ser de mas de 180 casas y muchas como segunda vivienda y varias nacionalidades como propietarios.
A mi ya me ha dicho que no habla mas conmigo,que me dirija a ella por escrito y todo esto es por pedirle cuentas como debe ser y ser el unico que protesta y protesta y en otra ocasion ya la lleve a los tribunales que aunque gano por cometer perjurio la testigo aportada por ella yo se que soy su grano en el culo.
GRACIAS AYUDENME CON SU INFORMACION A DESBANCAR A ESTE INTRUSO QUE SOLO PERJUDICA A UN COLECTIVO HONRADO EN SU PROFESION
27/07/2004 09:06
No es propìetaria de una vivienda, ejerce administrando fincas y tiene una oficina abierta al publico y de profesional no tiene nada ya que carece de titulacion en esta materia confirmado por el colegio de administradores de finca correspondiente ya que en dicho colegio tanian referencias de esta persona como intrusa en la profesion y saben tambien que se ampara sobre un profesional titulado el cual este no aparece su nombre para nada en ningun documento,ni firma nada y es mas ni lo conocemos ni lo conoce nadie de las fincas que esta supuesta administradora administra,y toda la documentacion que ella expide sobre el trabajo realizado como actas y demas las escribe en un folio con menbrete de la empresa que ella tiene que para nada hace mencion a administrar fincas ni nº de colegiado ¡es una intrusa en toda regla confirmado por el colegio como dije¡
27/07/2004 00:21
Pero bueno .... para terminar de entender la cuestión ¿ ésta persona que ejerce de secretario/administrador es propietario de un piso de la comunidad, o bien es simplemente un profesional establecido del que tu le has detectado que no tiene titularidad para el ejercicio del cargo?
26/07/2004 23:07
ella dice ser la administradora y ademas pasa sus honorarios anuales los cuales los refleja en los gastos de la comunidad como gastos de administracion ó sea que si cobra por llevar la comunidad,convocar las reuniones y onfecionar el acta y demas y los honorarios que pasa son de
5,776 euros.pero si como digo esa señora dice ser y maneja todo esta vulnerando la ley respecdto a los requisitos para administrar una comunidad por lo que sigo pensando que esa impugnacion seria positiva en su sentencia ustdes como expertos me pueden aconsejar mejor ya que en mi modesta opinion veo que hay intromision en la profesion de administradores de finca.
26/07/2004 18:23
Primero, el acta debe estar firmada por el presidente, que es quien asume la responsabilidad de la veracidad de lo alli escrito. El secretario-administrador simplemente transcribe al papel lo hablado en la junta de propietarios, pero como ya le digo, la responsabilidad y firma valida es la del presidente.
Si piensa impugnar, el primer gasto que tendrá será el de contratar los servicios de abogado y procurador (necesarios para realizar la impugnacion) a lo que habria que sumarle las costas procesales en caso de perder.
Para ejercer de secretario no hace falta estar titulado ni estar colegiado, el delito lo cometeria si la persona estuviera cobrando por realizar la actividad de administracion de la comunidad sin estar pagando sus impuestos o haberles dicho que era un profesional colegiado.
Un saludo.
Impugnación de acta
26/07/2004 14:41
Hay suficiente base juridica para impugnar un acta por estar esta firmada por la secretario-administrador careciendo este de titularidad y de numero de colegiado.
Por lo que lo considero ilegal entrometerse en esa profesion.
Que posibilidad de ganarlo y que costo tendria esa impugnaciom.
Gracias me urgeria saberlo para comenzar los dias pasan y cuentan