Estimados amigos, la duda que me surge es la siguiente, pasó a exponerles el caso.
Soy accionista de una empresa y el pasado año 2005 adquirí los derechos de compra a una promotora de una vivienda en la comunidad de Madrid, pagué en la firma del contrato de compraventa la cantidad de 72.000 euros y debía abonar 18.000 euros mas a la promotora a la hora de escriturar , en el contrato existe cláusula de cesión de derechos a terceros.
Yo cedí los derechos de compra de la vivienda a la empresa de la que soy socio, es decir la empresa me abono a mi 84.000 euros por la cesión de compra del inmueble mediante documento privado de cesión, obteniendo un beneficio de 12.000 euros y también la empresa paga los 18.000 euros mas IVA correspondiente a la promotora a la hora de escriturar y por supuesto el resto pendiente de hipoteca al banco pertinente con su correspondiente IVA.
Mi pregunta es ¿que tipo de impuestos tengo que pagar por la venta de mi derecho de compra y si la empresa debe pagar algún impuesto más de los que ya ha pagado.” Caso de los 84.000 euros que me paga mediante documento privado”.?