Gracias por los respuestas a otras pregentas, me han sido de gran utilidad.
Ahora nos viene la duda "tras haber consultado a algunos gestores" sobre la fiscalidad de una herencia, agradeceria vuestra ayuda, detallado:
Hemos decidido de mutuo acuerdo y aproximandonos a una tasacion profesional, el total del caudal herditario "el cual esta exento por prescripcion el 50%) y la adjudicacion de los inmuebles, ahora la duda, dos de los hermanos debemos de compensar a los otros dos economicamente por las diferencias de valor de los inmuebles ya que no hay bastante efectivo en la herencia, estas compensaciones economicas tributas o tienen el tratamiento del resto de la herencia, "las inmuebles no se pueden dividir mas", suponen incremento de patrimonio o algo asi.? Gracias de antemano.
He alquilado una oficina mediante una inmobiliaria. El primer mes del alquiler no lo he visto pues se lo quedo directamente la inmobiliaria. Se quedo con el total es decir que serian 200 con el iva y la rentención. a mi, no me dieron factura, ni a los inquilinos tampoco. Ahora resulta que el inquilino me pide una factura para declararlo, perpo claro, como yo no lo cobre como puedo hacer para que el banco me haga la retención. pues si le doy factura tengo que poner en ella el iva y la retención, pero si el banco no lo ha retenido como hago? Gracias