Es una injusticia el no asignar "mínimos de consumo" en relación de la composición de la "unidad familiar", QUE CONSTA EN EL PADRON MUNICIPAL DE HABITANTES.
Cualquier persona (no es necesario ser un político), ve claro que el consumo mínimo, no es igual para una sola persona que para una familia de seis miembros. Pero claro el político, va a lo que va, o sea a sacar su propia tajada, sin importarle lo que le ocurra a sus VOTANTES.
Ante lo que considero una injusticia,
estoy interesado en alguna sentencia contra el artículo 64 de la ley 38/1992, sobre impuestos especiales.
las tarifas eléctricas, son caras y además discriminan y penalizan a las familias numerosas, pues aplican unos recargos por exceso de consumo sin tener en cuenta la cantidad de personas que conviven en la vivienda y además , se nos aplica un impuesto sobre el consumo de electricidad que engloba la cuota de la energía contratada y la propia sanción o recargo por exceso de consumo.
si tenemos en cuenta que este impuesto se liquida por las diferencias de salida de contador de la empresas que suministran y declaran a la hacienda las cantidades leídas, los benéficos de las empresas se ven aumentados por el resultado de aplicar el impuesto a la cuota de energía contratada y la del recargo.
negocio redondo
¿que opinión tenéis al respecto?
¿podéis decime donde recurrir?
gracias
Antonio Badia Molina
Urb.Ntra.Sra. Asuncion,192
46192 Montserrat(Valencia)
962999375/639105116