ya habeis liquidado el impuesto por donaciones, sino me equivoco en el impreso de declaracion de renta normal, hay un apartado sobre las donaciones, que no significa volver a pagar.
Efectivamente, hacienda puede realizar una revision sobre el valor declarado. Normalmente lo hacen cuando el valor declarado es inferior al valor de mercado, entiendase que sea una diferencia muy llamativa, porque todos escrituramos por debajo, al gestionar el tema del pago habeis puesto vosotros directamente la cifra a pagar o ha sido hacienda que os ha girado la cantidad a pagar, si fuera esto último se puede sobreentender que hacienda está conforme con la valoración presentada.
Hola soy nuevo en el foro, por lo que ruego me disculpéis por recuperar un tema quizás ya algo desfasado.
Mi duda es:
acabo de recibir de mis padres, un terreno rústico. Se ha hecho escritura de la donación de mis padres a mi y a mi novia y luego se ha hecho escritura de obra nueva en la que mi novia y yo tenemos un 50% cada uno.
Ayer pagamos yo un 7% y mi novia un 7% con algo más por no ser descendiente, del impuesto de Hacienda (o algo asi nos explicaron).
Según he leido arriba, he entendido (quizas mal) que las personas que han recibido bienes por donación no esta sujetas al impuesto de la Renta comun, si no, a otro tipo de impuesto por donaciones.
¿esto es así? ¿he entendido mal?
Luego la persona que nos ha gestionado esto, nos ha explicado que, dado que hemos valorado la finca en precio simbólico de 6000 euros (por supuesto vale algo más), el día de mañana si Hacienda envía un técnico que encuentre que esta finca vale más de lo escriturado, pueden hacernos pagar la nueva valoración y que Hacienda tiene hasta 5 años para reclamarnos esto.