Mi caso es el siguiente: Mi abuelo paterno tenía una vivienda que dejo en herencia asus dos hijos, o sea, mi padre y mi tía, siendo esta última además usufructuaria del inmueble.
Tanto mi padre como mi tía testaron a mi favor.
Hace aproximadamente seis meses que mi padre falleció, con lo que he heredado la mitad de la vivienda.
Mi pregunta es, debo pagar ya el impuesto de suseciones por la parte heredada de mi padre, teniendo en cuenta que mi tía es usufrutuaria de la vivienda, o por el contrari tengo que esperar a que ésta fallezca.