Hola, resulta que hace tres años que heredamos sin testamento un bien inmueble valorado en unos 300.000 euros aproximadamente. Al hacer este año la declaración de la renta he observado que no figura en ella mi porcentaje declarado de dicha propiedad.Ello se debe sin duda a que no se ha declarado en hacienda y no se ha pagado el IMPUESTO DE SUCESIONES. He leído algo y parece ser que dicha obligación de declarar a Hacienda se EXTINGUE a los 4 años si la Comunidad Autónoma correspondiente no ha EXIGIDO el pago.
Pregunto:
1.- Es obligatorio el pago de dicho impuesto para hacer la ESCRITURA DE ACEPTACIÓN DE HERENCIA?
2.- Si en verdad esa obligación de declarar a Hacienda se EXTINGUE a los 4 años,¿eso quiere decir que a a partir de entonces se podrá hacer la ESCRITURA DE ACEPTACIÓN DE HERENCIA sin tener que pagar dicho impuesto?
3.-¿ En qué me podría perjudicar a mi personalmente el hecho de que mis hermanos no hayan decidido aún NORMALIZAR todo lo referente a los herederos, me explico: pago del impuesto de sucesiones, escritura de aceptación de herencia y por mi parte, PARTICIÓN DE LA HERENCIA.Muchas gracias de antemano