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Impuesto de sucesiones.

1 Comentarios
 
27/01/2023 18:05
Davfer
Ya lo contesto yo mismo por si a alguien que consulte en el futuro le sirve la información.

Si, si la sepultura propiedad de tus padres es en propiedad y el testamento la nombra y hay que incluirla en el impuesto de sucesiones en el apartado "demás bienes y derechos de contenido económico" y el valor del bien os lo dicen en la propia admiración correspondiente.

Por ejemplo, en mi caso mi padre la compro en el 1976 por 5000 pesetas y ahora me dijeron que tenia que poner 1202 €. Pero esto depende de cada comunidad o ayuntamiento, a mi me preguntaron que de que tipo era (nicho, panteón, tumba, etc) y en que cementerio estaba. Luego de unos segundos de espera me dijeron, tienes poner 1202 € como decia antes.

Saludos
Impuesto de sucesiones.
25/01/2023 16:06
Buenas tardes,
Debe incluirse en los modelos a entregar la Sepultura del cementerio si esta consta en el testamento como bien a heredar por los hijos. ????????
Si es que si, como saber su valor si fue comprada hace 47 años y costo 5.000 pesetas de la época?

Saludos