Hola compañr@s!!
Trabajo en una empresa de seguridad, como vigilante,llevo nueve años ,mi contrato de trabajo es indefinido y en el consta el nombre del cliente o centro de trabajo donde normalmente realizo mi trabajo, la cuestion es que esta empresa ( en la que desarrollo mi trabajo), ha cerrado por quiebra, quedandome yo sin centro de trabajo, y mi empresa m eha comunicado el despido objetivo, aseguran que no tienen otro servicio que darme con caracter continuo , teniendo en cuenta que en esta empresa hay muchos contratos temporales, como los de obra y servicio y para cubrir bajas,vacaciones...y segun tengo entendido el contrato indefinido tiene prioridad frente a los contratos temporales...estariamso ante un despido objetivo o disciplinario improcedente?
Gracias de antemano
Teniedno en cuenta que no soy abogado,yo me inclino a pensar que seria un despido improcedente,otra cosa es que te apliquen uno objetivo y tengas que llevarlo a juicio e intentardefender la improcedencia, si aplicasen un despido objetivo..que causa iban a alegar?, por otra parte tienen que aportar documentacion que acredite este despido, y si en la empresa hay contratos temporales, incluidos los obra y servicio, tu tienes prioridad, otra cosa es como en el juicio tu demuestras la existencia de estos contratos....eso no lo se, pero en cualquier caso, yo no soy profesiona..ojala!!, mejor que te conteste un profesional de los muchos que hay en este foro
No es facil la pegunta que haces y mas con un conocimiento tan escaso de la situacion de la empresa. No obstante, en mi opinión, ese despido objetivo, si o impugnas tiene la pinta de tener muchas posibilidades de que sea declarado improcedente.
Lo que si te recomiendo es que la impugnacion te la lleve un laboralista con experiencia que defenderá mejor que nadie tus intereses.
Estoy de acuerdo con NInfa.
Únicamente resaltar la práctica habitual de empresas de seguridad que hacen lo que explica Aitor. Es decir, vinculan un contrato indefinido con la empresa a la que prestan el servicio. Esto vino a raiz de los contratos de obra y servicio que hacían las empresas de seguridad, de tal manera que casi todo el personal estaba por contrato de obra y servicio. Yo, por ejemplo, estuve durante los 5 años de la carrera trabajando en una empresa de seguridad con un contrato de obra y servicio que duró 5 años. Y mi novio, en otra empresa, durante 7.
Cuando vieron que esos contratos estaban en fraude de ley, los pasaron a indefinidos pero estableciendo esta cláusula de vinculación a la empresa a la que prestan el servicio para así poder despedir objetivamente en caso de perder el servicio.
Hola y gracias a todos, la empresa no esta pasando por ningun mal momento economico, ni nada de eso, simplemente alegan que al haber desaparecido el cliente para el cual yo estaba adscrito y al no tener ninguna vacante de caracter fijo donde recolocarme se ven obligados a tomar tan penosa decision,el resto de trabajadores contratados estan adscritos a otros centros de trabajo o como bien dice la compañera iceberg69 son contratos obra y servivio, es decir para darme trabajo ami tendrian que despedir a un trabajador indefinido y adscrito a un centro o a algun otro de obra y servicio y el resto de contratos son por sustituciones de IT o vacaciones, no tienen caracter fijo...
El caso es que un compañero de un sindicato( no asesor juridico), me comento que los contratos indefinidos tienen prioridad frente a los obra y servicio o cualquier otro contrato temporal,lo que este compañero mantenia era que si por este motivo tienen que amortizar un puesto de trabajo, antes esta un obra y servicio que un indefinido, es decir ante esto tengo prioridad de permanencia en la empresa y si insisten en seguir adelante con el despudo entonces deberia ser improcedente, porque no tiene sentido despedir a un trabajador fijo porque no tienes trabajo para darle , cuando tienes un monton de obra y servivio.lo que pasa es que tampoco se como demostrar la existencia de estos contratos, yo no tengo acceso a las copias basicas...
En cierto modo, tienes razon, Aitor.
Pero ten en cuenta que segun lo que dices, para darte trabajo ati tienen que despedir a alguien con un contrato de obra y servicio,y si la obra y servicio no ha terminado, seria un despido improcedente, con lo cual por parte de la empresa es mas logico que intenten aplicarte ati un despido objetivo,que no digo que legal,
Por otra parte tambien entiendo tus argumentos,te despiden con menos indemnizacion porqur aparentemente no tienen trabajo para darte y por otro lado hay un monton de gente con contratos obra y servicio,que son, sin duda alguna,
contratos temporales.
Teniendo en cuenta que yo tampoco soy profesional,pienso que procederia un despido objetivo, ya que la empresa puede alegar que para darte trabajo ati tienen que despedir a alguien cuyo contrato es obra y servicio, y cuya obra y servicio no ha terminado.
Esperemos que gente con mas conocimientos sobre este tema, den su punto de vista.
Un saludo
Yo tambien trabajo en una empresa de seguridad, y lo que comenta el compañeroi Aitor, se da con mucha frecuencia.
Lo cual hace qeu me pregunte¿que diferencia hay entre un contrato obra y servicio y un indefinido adscrito a un centro de trabajo?
Entre las diferencias imagino que podriamos numerar, las bonificaciones de las que se beneficia la empresa y para el trabajador la indemnizacion, con obra y servicio es de 8 dias y de la otra manera 20 si es objetivo y 45 si es improcedente.
pero yo me refiero, de que sirve un contrato indefinido si a la hora de la verdad le dan el tratamiento de un obra y servicio?, como es el caso de este y de muchos compañeros.
Por cierto ytambien me interesa saber si seria objetivo o improcedente
De antemano no es cierto que haya esa prioridad del contrato fijo ante los temporales. Así lo han dicho los tribunales en numerosas ocasiones. Lo que no puede ser el despido es discriminatorio, y si la prioridad fuera del temporal, estaríamos precisamente discriminando al contrato temporal. La empresa no puede tener tacha de discriminación, pero dentro de eso puede elegir el trabajador afectado, y si tu estás en el servicio que se acaba por quiebra de la empresa parece razonable que te toque a ti. El despido de un contrato temporal es tan despido objetivo como el tuyo, puede ser más barato, por tener menos antigüedad pero tan despido ya que como te dice algun otro forista la obra no acabó.
como te dice Ninfa no es fácil decirte si el despido seró objetivo o improcedente pero en general tienes posibilidades de que sea improcedente.
Hola a todos!!
Estoy de acuerdo contigo y con la compañera Exmeralda, que no seria justo para un trabajador de obra y servicio lo echaran a la calle porque otro trabajador con contrato indefinido se ha quedado sin centro de trabajo, por lo tanto lo que dices me parece coherente y razonable.
Pero podrias por favor explicarme un poco en que os basais tanto Ninfa como tu para pensar que tendria posibilidades de que el despido se declarara improcedente, no lo entiendo si no tiene prooridad de permanencia y la empresa no tiene un puesto fijo que darle? porque?
Gracias