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imposición administración de finca

4 Comentarios
 
19/01/2016 09:01
Fontanero, no es ilegal contratar un administrador sin pasar por junta; lo que no puede es repercutir el gasto a la comunidad si éste no ha sido aprobado.

Si tienen problemas con el presidente, a quien tienen que cambiar es al presidente, ya que administrador no tienen (no ha sido elegido en junta) lo que tienen es una persona externa a la comunidad realizando las funciones de administración. Es como cuando la comunidad llama a un electricista, fontanero... no es el electricista de la comunidad.
18/01/2016 17:53
Por lo que leo, todo lo que esta haciendo esta mujer es ilegal. Contratar a una administradora de forma unilateral es ilegal ya que se requiere aprobarlo en junta, previa incorporación en el orden del día de esa reunión. La votación por carta también es ilegal ya que las votaciones no pueden ser secretas, sino que hay que hacerla en la propia reunión, no pueden ser secretas, la ley no lo permite.
Como solución y dado que no es legal, le digo que no pague a esa administradora hasta que el tema se legalice. Contacte con otros propietarios y unan fuerza. Echar al administrador, eso será más complicado y tendréis muchos dolores de cabeza, además de controlar vuestro dinero que manejará él.
18/01/2016 09:06
Si se rechazó la contratación de un administrador en junta (supongo que en segunda convocatoria) no puede hacer lo contrario, salvo que lo pague ella particularmente para que realice su trabajo.
16/01/2016 18:46
El administrador no es obligatorio.
Saltarse el acuerdo de la junta y disponer de los fondos de la comunidad a su albedrío,tampoco es muy legal que digamos,y la carta en cuestión,papel mojado.
Convocatoria de junta por la cuarta parte de los comuneros o el 25% de cuota de propiedad,destitución del presidente,cese fulminante del administrador y si procede,acciónes legales contra la presidenta.
Imposición administración de finca
16/01/2016 18:02
Durante mas de 22 años, en la comunidad de vecinos, nos hemos ido turnando la presidencia de la comunidad por orden de piso y planta, actualmente la presidenta de la comunidad, de forma unilateral a contratado los servicios de un administrador de finca, habiendo una mayoria en la reunion en contra, ya que esta Sra. el unico vinculo que tiene con nuestra comunidad, es un piso el cual lo tiene en alquiler, posteriormente, ante la negativa de los vecinos se ha dedicado a echar una carta para que voten los vecinos si o no, cuyo resultado desconozco, mis preguntas son las siguientes ¿es valido el voto en una carta echada en el buzon?¿en el caso de no votar o no depositar el voto, es valido como abstencion?por otra parte esta Sra. decia que era obligatorio tener administrador de finca ¿es cierto eso? la comunidad consta de 18 pisos y 2 locales