Buenas tardes. Firmamos contrato con inquilino de una nave industrial en Valencia. El contrato se hizo anual prorrogable, pero hace 4 meses le enviamos burofax advirtiendole que no queriamos prorrogarlo. El contrato venció ayer dia 3 de Febrro de 2018. Nos dice que se vuelva a hacer otro contrato pero que no se va. Los motivos son que desde abril del 2017 no paga suministros de agua,luz,ni tasa de basuras que van a nuestra cuenta bancaria porque no los cambió de titularidad nunca y se los incluimos en la factura del mes ( considero que son rentas asimiladas) .Él solo nos ingresa y en la fecha que quiere el alquiler mas el Iva. Además a la firma del contrato puso que iba a desarrollar una actividad , no dijo en ningún momento que era persona física y nunca se ha dado de alta en ninguna actividad. En Junio se da cuenta después de año y medio que no debe hacer retencón, accedemos a modificar las facturas desde Enero de 2017 y hacerlas sin retención. A fecha de hoy y con contrato vencido nos debe las retenciones que hemos quitado de enero a junio y cantidades por suministros.
Que opciones tenemos para demandar??
Demanda por impago de renta y reclamación de cantidades junto a desahucio por precario( vencimiento contrato) ?? o es mejor hacerlo por separado???
Debemos reclamarle las cantidades que hemos modificado en factura por - 19% de IRPF de enero a junio que pagó las facturas con esa retención o demandarle sin reclamar esas cantidades, ya que tampoco no las quiere pagar.
Muchas Gracias
Perdón. Además, si el inquilino aunque haya vencido contrato, no se va y me sigue ingresando la renta aunque yo no le haga factura, hasta que haya juicio.....Debo devolver esas cantidadades cuando me las ingrese por si se plantea después que si las acepto es una prórroga tácita?????
Gracias de nuevo
1.- Para poder contestarle correctamente haría falta leer el contrato, pero todo parece indicar que el inquilino debe pagarle las facturas de suministros pero no lo hace. En ese caso puede interponer una demanda de desahucio por falta de pago.
2.- Además de lo anterior también puede interponer una demanda de desahucio por finalización del plazo. Yo acumularía las dos.
3.- No tiene por qué devolver las rentas que les esta pagando. Puede cobrarlas sin temor a que le aleguen prórroga tácita, diciendo que las ha cobrado simplemente para evitar el enriquecimiento injusto, que es un argumento totalmente legal y justo y que se usa a diario en este tipo de pleitos.
Gracias por su respuesta.
En el contrato hay una claúsula donde dice que se hará cargo del pago de suministros y tasas...excepto el IBI ,y que haría el cambio de titularidad de los contratos de suministros, cosa que tampoco ha hecho y por eso los seguimos pagando nosotros. Ésto se consideran rentas asimiladas no?
También le podemos reclamar las cantidades por el IRPF modificado ( al decir que era persona física modifiqué las facturas de Enero a Junio 2017 y quité la retención) ya que no las ha pagado?
Entonces vd. acumularía demanda por reclamción de cantidades ( asimiladas) y fin contrato en la misma demanda, aunque la renta del alquiler si que la ha pagado o siga pagandola?
Muchas gracias de nuevo
1.- Si son cantidades asimiladas.
2.- Si puede pedir el importe del cambio de retención.
3.- Yo acumularía porque sería una demanda más “potente” al tener dos causas para desahuciar. Es como ir a un combate con una sóla arma cuando en realidad se tienen dos. Y efectivamente aunque pague la renta puede desahuciar por falta de pago ya que no está pagando los suministros y se considera un motivo equivalente a no pagar las rentas.
En el caso de que este mes, ya con contrato vencido, me siga pagando la renta, debo hacerle factura con Iva, igual que siempre hasta ahora y yo seguir declarando este alquiler?