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Imcumplimiento de obligaciones

6 Comentarios
 
Imcumplimiento de obligaciones
27/02/2023 11:56
Buenos dias y gracias de antemano. Soy propietario de una finca y firmé contrato de alquiler el 03/01/20. Los dos arrendatarios que firmaron el contrato han cedido la vivienda a sus hijos (mayores de edad). En la finca figuran empadronados los hijos ( los arrendatarios no). Estas personas (los hijos) están ocasionando serios problemas de convivencia hasta el punto que ha tenido que acudir la policía en varias ocasiones ( gritos, golpes a las paredes, amenazas a vecinos bajo ele efectos de drogas, etc). En el contrato no figura la clausula para rescindir el contrato por necesidad de la vivienda pero creo que podria solivitar la rescisión por incumplimiento de obligaciones. En primer lugar quisiera preguntar si existe cesión de vivienda. Puedo demostrar q los hijos están empadronados en la finca y los arrendatarios no y además tengo el testimonio de muchis vecinos. Ninguno de los hijos tiene dependencia (Art.7 LAU). Por otra parte quisiera preguntar si puedo rescindir por los motivos d y e del Art. 27 LAU teniendo en cuenta que en el contrato figura la clausula de Uso de buena vecindad y.policia urbana. Estan obligados a cumplir los estatutos de la comunidad, las normas de regimen interno del edificio y las ordenanzas municioales y no lo estan haciendo. Tambien se incluye en el contrato la clausula de resolucion del contarto por incumplimiento de las obligaciones a,b,c,d y e del Art.27 de la LAU. Muchisimas gracias. Un cordial saludo
27/02/2023 12:22
Artículo 8 LAU. Cesión del contrato y subarriendo.
1. El contrato no se podrá ceder por el arrendatario sin el consentimiento escrito del arrendador. En caso de cesión, el cesionario se subrogará en la posición del cedente frente al arrendador.

¿Hay autorización escrita por su parte para la cesión del contrato? ¿atl vez en el mismo contrato, o en un anexo?

¿Hay actos por su parte que puedan interpretarse como aquiescencia a la cesión del contrato, tales como emitir los recibos de alquiler a nombre de los hijos, o mandarles cartas?
27/02/2023 13:04
Buenos dias, no existe nada de eso. No hay autorización para la cesión y las gestiones vinculadas al contrato se han realizado a través de inmobiliaria. La inmobiliaria recibe el pago de los arrendatarios y luego es la inmobiliaria quien mr hace el ingreso.
28/02/2023 10:12
Pues entonces, tal y como le ha dicho Hoplon, céntrese en la cesión inconsentida.
Acuda a un abogado y que "amarre" muy bien amarrada la prueba, que no siempre es fácil demostrar quien si y quien no vive en una vivienda.
28/02/2023 12:34
Coincido en todo con la intachable respuesta de Leonjbr.
28/02/2023 20:02
Hoplon
Buenas tardes, además de la cesión, cabría ña posibilidad de rescindir por incumplimiento del art 27 apdo. F.?Ya no es la vivienda permanente de los arrendatarios y se podria demostrar con el empadronamiento historico colectivo de la vivienda y testimonio de los vecinos. Muchas gracias
28/02/2023 20:52
Veo mucho más factible, por la posibilidad de obtener mejor prueba, la resolución por cesión inconsentida.

Pero como deberá acudir a un juicio declarativo para resolver el contrato, considero que es posible acumular ambas pretensiones. Art. 71 LEC.