Tras la entrada en vigor del RDL que modifica el regimen de ILT para funcionarios y empleados publicos, me gustaria conocer vuestra opinion sobre lo siguienet.:
los dias primero y segundo justificados por asisencia al medico pero sin baja, considerais que estan sometidos a la reduccion del 50% del salario.Gracias
Entiendo que no, puedes encontrarte mal y no estar en condiciones de ir un día al trabajo (p.ej apretones) e ir al médico que te atienda, presentar el justificante y ya. Si por asistir al médico nos descuentan... vaya plan.
Parece ser que las reducciones empezaran a computar desde el MOMENTO de la baja medica, por tanto, a partir del 4º dia. Lo que ocurre es que si el 4º dia vas a por la baja, te la dan desde el primero que has faltado al trabajo, por tanto, en ese caso, si que la reduccion afectaria a esos 3 primeros dias, pero si no acabas con baja laboral, no.
Pero yo digo "parece ser" porque ya no me fio de nada.............
De hecho, no puedes estar 4 días sin baja, el máximo (como mínimo en UB) es de dos días pero con justificante médico. Y haces bien en no fiarte, sólo hay que saber que aprox. el 80 % de funcionarios no tienen plan de pensiones, así que la retirada de la paga se la "comen"