No se si se habrá dado cuenta de que no esta en la misma posición q la administración. Usted esta sujeto a ella.
Los plazos lo establece la ley, no sé a qué plazo se refiere con los 15 días. de todas formas, objetivamente se aprecia que usted es una persona, que realizaría el trámite correspondiente, y la administración gestiona los trámites de todos.
La administración sí paga intereses, siempre que esté obligada a pagar en un tiempo determinado.
Así son las cosas, amigo mio.
¿Porqué el contribuyente-administrado, tiene plazos de 15 días y la Administración 6 meses para resolver?.
¿Porque la Agencia Tributaria, dispone de 6 meses para devolver la Renta?.
¿Porqué el administrado, pasado los plazos paga recargo y la Administración, no paga intereses de demora?.