Voy a preguntaros una cuestión a ver si me la podeis amablemente responder.
La finca o terreno en el que esta enclavada la vivienda unifamiliar de 183 m2 construidos y que ocupa un espacio de aproximadamente 100 m2 de los mas de 650 metros totales que tiene la finca, hace en mi anotación catastral un indice de participación del 42%.
Divididos los 72940 euros de valor catastral de la siguiente manera 46450 para el terreno y 26490 para lo contruido.
Alguien me puede decir por que esa diferencia, que el terreno que ocupa la vivienda siendo la mitad se valore por el doble.
Eso quiere decir que se tiene la propiedad del 42% del terreno aunque no quede especificada en la escritura.
Gracias de antemano.
Habría que ver si es finca rústica o urbana (en las rústicas ocasionalmente pueden existir construcciones), porque no es el mismo sistema el de valoración de un tipo y de otro.
La superficie de la parcela es 650 metros, y la construída 183, por lo tanto debes tomar como superficie de la finca la total, no la superficie sobre la que se haya levantado lo construído, fíjate que tanto los 650 metros de finca, como la construcción tienen la misma referencia catastral.
En cuanto a la participación del 42% provendrá del título én base al cuál se catastró, pero tienes que tener claro que el catastro no otorga la propiedad (aunque pueda servir de prueba). Si existen discrepancias sobre el porcentaje del dominio, el concepto en que se posee, etc.. son temas civiles ajenos al catastro. Si no es en la escritura en algún otro documento aportado al catastro tiene que aparecer ese porcentaje del 42%.
En cuanto al sistema de valoración de terreno y construcción, no es fácil de explicar, se parte de un valor de mercado aprobado por el Gobierno al que se van aplicando índices correctores, diversos, para reducirlo (clase de cultivo, o tipo de construcción, antigüedad, estado de ejecución del planeamiento, etc..)