El hurto es falta, excepto si la cantidad hurtada es superior a 400 euros. Además sería robo en toda regla, ya que ha utilizado fuerza en las cosas para acceder a la cosa, pues ha roto el envoltorio que contenía el juego. Saludos
Hola.Mi interpretación es que sería un delito de Robo con fuerza en las cosas tipificado como tal en el artículo 238.3º del Código Penal.
Otra cosa es que te llevaras el juego sin romper el envase.En ese caso,si el valor del juego es inferior a 400 euros se tipificaría como una Falta de Hurto.
En segundo lugar se considera falta el hurto cuando el valor de lo sustraido es inferior a 300 €.
En tercer lugar, y hablo de memoria, me parece que constituye fuerza en las cosas el inhabilitar mecanismos específicos de alarma, como son los envoltorios de plástico de los productos de los centros comerciales.
En este sentido al ST AP Madrid de 17 de Febrero de 2000, enla cual se condena por robo a un señor que roba un traje en El Corte Inglés de la misma forma.
Si una persona se lleva en un Centro Comercial, por ejemplo, un juego de Play Station , los cuales vienen en una cajita de plástico transparente con una alarma, y esta persona lo saca de la caja de plástico quedando el juego sin alarma. ¿Esto es hurto o delito?