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hurto de informacion a la representacion funcionarial.

3 Comentarios
 
14/11/2007 06:23
Muchas gracias por haberme asesorado.Es lamentable que en pleno Siglo XXI cuando oímos y/o vemos a los políticos que se les llena la boca hablando de democracia y de respeto a los derechos fundamentales, como esas mismas personas en sus respectivas parcelas de poder niegan el pan y la sal a los funcionarios que ellos tanto alaban y animan en actos oficiales o cursos de reciclaje. Es repugnante tener que dar la razón a aquellos que despotrican en contra de la democracia y de los políticos de ahora.
Saludos cordiales
30/10/2007 12:47
Hola, el art. 9 de la LORAP realiza una determinación muy genérica de las materias sobre las cuales han de ser informados los representantes de los trabajadores. Entonces, si estos entienden o interpretan que la información que les pasan es insuficiente o de muy poca calidad, aparte de... tienen la posibilidad de ejercer acciones administrativas y judiciales para exigir a la Administración la aportación de dicha información (art. 10 LORAP). Osea, reclamación previa a la vía judicial. Todo puede ser que en ese mes se lo piensen y les faciliten la información correspondiente.

Asimismo y pese a que el art. 95.7 del ET tipifica como infracción laboral grave la transgresión de los derechos de información, audiencia y consulta de los representantes de los trabajadores, has de tener en cuenta que esta normativa no resulta de directa aplicación a las relaciones funcionarial o estatutaria y que la regulación especifica de estas relaciones no cuenta con previsión legal respecto a la imposición de algún tipo de sanción por incumplimientos del derecho a informar. Por otra parte, tampoco los eventuales incumplimientos tienen por que influir, en principio, sobre la legalidad de las decisiones que se hayan podido adoptar sin la correspondiente información a la junta de personal.

Salvo mejor opinión o corta/pega.
29/10/2007 13:50
Publicidad en la prensa con "PELOS Y SEÑALES", o sea con el nombre de los responsables.
Hurto de informacion a la representacion funcionarial.
17/10/2007 23:03
Si el Ayuntamiento pasa olímpicamente de cumplir con lo establecido en la Ley y los Acuerdos sobre condiciones de trabajo, en cuanto a mantener a la Junta de Personal al corriente de todo aquello que afecta al funcionariado, ¿como se le puede hacer entrar en collera?
¿ Existe un procedimiento abreviado o rápido mediante el cual el Juzgado obligue a los ayuntamientos que hacen esto a cumplir con lo establecido?.
He estado hablando con varios sindicalistas y me cuenta que son muchos los ayuntamientos que hurtan a las juntas de personal la información que les compete, y no hay forma. Que en la mayoría de los casos, acuden a los órganos de representación, para cuestiones de mero trámite y el resto lo ocultan.
Saludos