Hola tengo un problema con un muro de contención de casi 4 m de alto pues tiene una grieta y estoy intentado razonar con los vecinos del predio superior desde hace 2 años para arreglarlo al 50% pero el "cabecilla" del predio superior primero estimo a dedo que el entendía que su parte era el 20% y ademas esta intentado incluir en esto la construcción del alcantarillado de recogida de sus aguas a la calle ya que creo que son conscientes que tenia que haber acometido esto (el muro esta entre 2 jardines). Es un colonia histórica en Madrid que tiene restricciones, que han saltado a la torera pues por ejemplo han roto la ventana del bajo y han hecho una puerta con un pasarela metálica de 110 escalone que tiene 4 m de ancho(eje. no se pueden tocar fachas ni cubiertas, no se puede usar el espacio bajo cubierta etc.. Toda obra que afecte a esto y a la estética debe además pasar por una comisión de colonias históricas de Madrid.) Un vez puesto esto en contexto (lo siento si me extendido), en otro post anterior, se me comento que el gasto de conservación normalmente es del predio superior pues es quien disfruta de que su patio este a nivel (en el registro de la propiedad no hay titular). En este post quería saber si en Madrid hay una distancia mínima a un muro de este tipo para tener un huerto (tienen uno de 20 m x 5 m pegado al muro el cual se riega a menudo) o si se rige por Plan de urbanismo de Madrid y el huerto es tratado como arbusto y como tal la distancia mínima es de 50 cm.
¿La grieta no se habrá producido por el riego a menudo que mencionas? Puede producirse una sobrecarga por acumulación de agua.
Te convendría consultarlo con algún arquitecto o ingeniero, si es amigo mejor porque una peritación puede salir cara.
Gracias por la respuesta. El seguro dice que no cubre muros exteriores de ese tipo. El arquitecto que me ha hecho el informe aduce que las causas por orden son 1º Falta de drenaje durante años (además se ha regado el huerto muchos años asiduamente) 2º Antigüedad del muro (1953) 3º Materiales de no mucha calidad en la construcción del muro (mampostería de 1955 4º Construcciones ilegales del la finca del predio superior (sin licencias y en colonia protegida) 5º Que yo realice un limpieza de la parcela (sin maquinaria pesada y con licencias visadas por el colegio de arquitectos y a Ayuntamiento de Madrid. Con el correspondiente certificado de 1ª ocupación). Mi impresión es que los del predio superior quieren pagar lo que ellos quieren, que no les molesten en las obras y que yo les pague en el "paquete" la mitad de la obra para recoger sus aguas y darles salida a la calle (según el código civil deben tener esto para evitar perjuicio a otros predios) Temo que iremos a juicio por mas que intento negociar con ellos (pero creo que son gente que van a su aire y piensan que pueden hacer lo que quieran. No se si para adquirir en el posible juicio una posición algo ventajosa pueda aducir que la función del muro es de contención de tierras (que los es según el arquitecto pues de los 3,80 m del alto del muro el suelo del predio superior se en cuneta a 2,80 m de mi cota) o al menos que al haber 2 construcciones adosadas al muro (la mía es legal, es un chiscon para guardar trastos y la suya es ilegal, la hicieron como cuarto de invitados exterior...tela).
..olvide que en el ultimo enunciado añadir que en caso de que no se tomara el muro como muro de contención (pues de esta manera entiendo que la conservación del mismo sería asignada la predio superior pues es quien se beneficia para tener su parcela nivelada con su edificio) y como habiendo 2 construcciones adosadas al muro (la mia legal la del predio superior ilegal) no se si podría hacer mención al articulo del código civil 572.2 " 1.º En las paredes divisorias de los edificios contiguos hasta el punto común de elevación." pudiendo alegar que si el muro fuera medianero (no tiene propiedad en el registro) que yo tuviera que hacerme cargo de la parte del mantenimiento desde el punto común de elevación hasta la parte superior del muro (dividido entre las 2 partes).
Supongo que el arquitecto que te ha hecho el informe te habrá dicho si esa grieta es peligrosa y hay riesgo de derrumbe. En tal caso, lo mejor es que contrates un abogado y que con el informe se presente la correspondiente demanda para que el vecino haga la reparación que proceda y se corrija todo lo que sea necesario.
Grácias por la respuesta. En efecto ya esta en manos de un abogado. Queria llegar a un acuerto para repararlo al 50% pero mis vecinos del predio superior solo ponen pegas. Su portavoz estimo a dedo que solo debia pagar el 20% vomo mucho y queria repartir el coste de la acometida de recogida de sus aguas de lluvia a mrdiad, a lo que me negue. Ahora ya acepta el 50 % pero igual si voy a juicio ya no querre el 50% pues si acepta el juez que es muro de contención de tierras o que solo pague la mitad desde el punto medio comun de elevacion entre los 2 prefios.