Buenos días, me gustaría plantear la siguiente cuestión, tengo entendido que cuando un represante sindical está en plena negociación del convenio que afecta a su puesto de trabajo las horas que emplea para esta actividad no computa como horas sindicales, por lo que la empresa no puede ni sacárselas de horas sindicales ni tampoco cómo día de trabajo, es esto cierto? en que artículo se ampara este derecho.
Muchas gracias.
Buenos días
Tal y como dices esas horas de negociacion de convenio no computan como horas sindicales, pero te tienen que emitir una carta ( a mi me la emitio una de las patronales), comunicandoselo a tu RRHH y ahi confirman si te corresponde el dia de la negociacion o ademas el dia de antes o de despues, vamos lo que ellos allan acordado, el día de antes sobretodo por si teneis que organizar las reuniones.
Espero serte de ayuda.
Saludos