Keler, efectivamente, con un poco de tiempo seguiré busando jurisprudencia al respecto.
Por lo poco que he visto hasta hora, me queda claro que la empresa tiene una capacidad muy limitada a la hora de tratar de i ntervenir o controlar el uso que se hace de ese credito de horas para actividades sindicales.
´
Pero si que he tenido referencias de situaciones extremas, como por ej. un empleado que se toma justo todo un lunes dentro de un puente, a cuenta de ese crédito y se demuestra que lo que hay hecho es irse esos dias al Caribe (bueno, o tal vez mas cerca, que solo era un puente, pero en todo caso, para dedicarse de lleno al sol y la playa). Situaciones así incluso podias dar pie a un despido disciplinario, y, evidentemente, por otro lado, los trabajadores, y es lógico, son los priemeros que se seinten estafados con ese uso tan particular del tiempo de sus representantes disponen para la defensa de sus intereses.
En fin, seguire buscanso y contrastando sentencias, articulos doctrinales, meodelos seguidos en otras empresas, etc).
Vuelvo a repetir que yo soy el primero en reconocer que mi planteamiento hay que cogerlo con pinzas y que siempre es mejor solucionar las cosas sin ir por la via de la imposición. Solo pretendo contrastar si, al menos puede ser mínimamente defendible (pinzas incluidas) al menos para tratar de poder contar con la via de "hechos consumados" que tu tambien apuntas, es decir, la empresa te exige esto, cuple, y luego reclama si lo crees oportuno" y, vuelvo a repetir, confiando que esa mera posibilidad, disuada de este uso del credito horario a la titular del puesto y al final no sea necesario tratar de imponer realizar horas extras a nadie.
Y si mientras tanto vislumbramos otra solución, técnicamente mas correcta, mas razonable, mas humana, perfecto!, que no tengo ganas de enfrentarme con nadie ni de tratar de imponer las cosas por decreto.
Obviamente, si dialogando directamente con esta miembro del comité no lo conseguimos, trataremos de pñlantear de forma general el tema al conjuto del comite o al sindicato, en el sentido de que pueden contar con la máxima colaboracion de la epresa, el que no se inmiscuya demasiado en cómo hacen uso de ese crédito sindical, etc, pero apelando tambien a que insisten a sus miembros o afiliados, y por el bien de todos, a hacer un uso minimamente responsable de ese derecho.
Ojalá se resuelva todo por las buenas, pero a la hora de sentarte a negociar, uno debe saber con que armas puede contar, aunque sea sobre la base de confiar en que no sea necesario tener que utilizarlas.
Por último, alguien ha apuntado por ahi el tema de los representantes que trabajen de noche, turnos, etc. Evidemtemente, tenemos claro, y ya así se lo hemos reconocido a los aefctados que ns lo ha planteado, que en el caso de que deen realizar actividades scomo miembros del comite fuera de su jornada normal, se les compensara ese tiempo con descansos adicionales. Ahi no veo el problema, ya se ha dado la situacion, entiendo que no se trata de ningun abuso y ademas me consta que hay jurirprudencia en ese sentido. Eso no lo vamos acuestionar, vaya.
Venga, un saludo y gracias de nuevo por vuestras apritaciones.
Mira Lino, la verdad es que no te enteras de nada, y como ya ha quedado patente en otras intervenciones tuyas en este foro, el fanatismo, resentimiento o lo que sea te ciega.
Evidentemente, y tal como tu apuntas como posibilidad (aunque no sé porque presupones de forma gratuita que la explicacion es otra), si esta persona sale mas tarde porque entra más tarde y tiene u n descanso al mediodia mas amplio (que, por cierto, le va de coña, ya que vive relativamente cerca de la empresa y eso le permite el lujo de ir a comer a casita y descansar un poco, privilegio que solo disfruta ella en toda la empresa). Ademas, a diferencia de otros, sabe con toda certeza su hora de finalizacion de jornada, sin riesgo alguno de imprevistos, ya que a tal hora la centralita se cierra y punto.
A primera hora y al mediodia ese servicio es cubierto sin problemas por las otras personas que so susceptibles de cubrirlo, ya que queda dentro de lo que es su jornada normal.
No sé a que te refieres en cuento a que las vacaciones "las gestiona la empresa". Se intenta que, dentro del periodo definido (por cierto, bastante amplio y que, en todo caso, permite reservarse al menos una semana para ser disfrutada en cualquier otra epoca del año ) cada uno disfrute de la vacaciones cuando le vaya bien, y norrmalmente se consigue. Es más, nrmalmente uno de los condicionan tes a la hora de elegir los dias es cuando "le toca hacerlas por fuerza al cónyuge, compañero, etc," ya que no tiene esa felxibilidad que nosotros damos en este tema.
Si digo que las vacaciones no suelen dar problemas a la hora de cubrir ese servicio es porque es una situacion que se planifica con tiempo y, demas, el hecho de que en verano el horario de centralita es mas reducido, facilita que otras personas puedan cubrir ese servicio sin mas problemas.
Casos repentinos como lo de ponerse enfermo. Ya lo he comentado, me preocupa poco, porque si eso sucede de verdad, no suele haber problema, ya que es algo que en la practica ha sucedido muy puntualmente y los posbibles sustitutos suelen ser bastante comprensivos en ese sentido (lo que les fastidia es tener que salar de noche o quedarse un viernes por la tarde porque a la titular del puesto se le ha antojado ejercer el derecho a su credito de horas para actividades sindicales en esas franjas horarias. Porque claro, la gente puede ser buena, pero no necesariamente tonta).
En fin, no veas tantos fantasmas donde no los hay, y trata, si puedes, de realizar alguna aportacion positiva (como tratan de hacer el resto de compañeros y, discrepe o no, lo agradezco), y si no estás en condiciones, seguro que estarás mejor calladito.
Como era de esperar, yo estoy en la linea de El Presi. Ya he leído otras intervenciones de Nando que lo confirman.
Lo que Nando debería contarnos es ¿CÓMO ES POSIBLE QUE LA RECEPCIONISTA TERMINE "UNAS HORAS MÁS TARDE" TODOS LOS DÍAS? Eso no lo ha mencionado.
¿Quizá hay por ahí algunas horillas de más, ilegales completamente?
A no ser que entre más tarde, o su descanso de mediodía sea más largo, en cuyo caso la centralita está desocupada unas horas en que la empresa está abierta, lo que contradeciría aquello de que es "clave".
Este caso es lo mismo que cuando un trabajador se pone repentinamente enfermo o se coge cualquier otro permiso retribuido. Eso son también "ausencias que no gestiona la empresa" y no dan derecho a cubrirlas con horas extras de nadie.
Por cierto Nando. ¿En tu empresa las vacaciones las "gestiona la empresa"? Mira qué bien.
Hola, Keler no se porque pero me recordbas a un tal “Pac”, trasnochador también, pero al menos por la “consumación” de este spot, veo que no.
Yo estoy más en la línea de los demás que han intervenido, y por eso, como poco más voy a aportar, no me voy a extender apenas nada.
Pongamos por caso que soy representante de los trabajadores, y que mi jornada es de noche o de fines de semana, que pasa que no voy a poder gozar de ningún crédito horario por ello?? Hombre, si aún fuese el día San Jordi (es un ejemplo) y trabajase en una librería o editorial aquí en Cataluña, pues entonces, ese día, precisamente ese día de San Jordi, y no el anterior o el siguiente. Si que probablemente no tendría ninguna justificación de coger horas sindicales, pero vamos que el resto de días del año, NO. La única, o una posible solución que veo, es la de dejar el orgullo a un lado (si es posible), sentarse y hablar. Que ello no es fácil o que esa es la complicación, pues con imposiciones y enfrentamientos, entiendo que es mucho peor.
Por otra parte, estos temas de puteos, muchas veces harto ridículos, entre empresas/sindicatos sindicatos/empresas, pues tanto monta monta tanto, lamentablemente están más que a la orden del día.
Ya siento que no se me ocurra nada, el tema es compeljo ya que hasta la posibilidad de investigar si esas horas las dedica realmente a actividad sindical parece mal visto por los tribunales, aunque por ahí podrías tener una vía de acción, pero busca antes jurisprudencia.
Si no, movilidad funcional y horas de especiales (no recuerdo su nombre concreto, pero algunos convenios dan la posibilidad de que x horas al año puedan variarse sobre el horario habitual), aunque estas última probablemente necesiten de preaviso suficiente que seguramente no podrás dar.
Complejo tema, desde luego, pero la idea de provocar el semi-enfrentamiento al que te refieres igual no es la más adecuada. Si funciona, pues aquí paz y después gloria, pero seguro que hay algún otro método, que como apuntaban más arriba para por la vía de la organización del trabajo.
En cualquier caso, aunque con el delegado o miembro del comité tengas poco que hacer, si insistes en la idea de provocar que la situación se vuelva incómoda tu vía de provocar ese rechazo podría ser la de "hechos consumados" aplicando el Art. 20.1 del estatuto: El trabajador estará obligado a realizar el trabajo convenido bajo la dirección del empresario o persona en quien éste delegue.
Cuando veas necesario sustituir al representante de los trabajadores, eliges al que creas conviniente y le dices aquello de "hoy, como fulanito se ha tomado la tarde libre, le sustituyes tú". Ya se discutirá después si es una decisión legal o no, pero el trabajador tiene la obligación de acatarla, ya la recurrirá después si quiere, pero si la empresa se lo ordena, ha de acatar la instrucción. Desde luego, la situación se pondría más tensa, pero corres el riesgo de que en vez de obtener el resentimiento contra el de la recepción, lo obtengas contra la empresa.
No sé, es a valorar por tí. Igual no está de más que lo plantees en la próxima reunión con el Comité de empresa o que, llegado el caso, hables directamente con el sindicato.
Seguro que hay jurisprudencia sobre este tema, pero no tengo disponibilidad para buscarla.
Aunque mi intervención llegue un poco tarde, yo también entiendo que no son horas por fuerza mayor ya que éstas no deben ser previsibles en la medida de lo posible y en el caso que nos planteas sí que son previsibles
Respecto a los comentarios de "EL_Presi", dice que por "mis intervenciones ayudando a otros foreros parezco que defiendo los intereses de los trabajadores..."
A ver, yo solo pretendo ayudar, en la medida que puedo, y aprender del resto de foreros y, a menudo, de mis propias equivocaciones, asi como enriquecerme con otros puntos de vista, incluso de los que puedo discrepar, pero que me hacen ver que las cosas no siempre son blancas o negras.
Y en ese sentido, yo trato de contribuir con mi aportacion y opiniones, por supuesto, personales y discutibles, pero que en todo caso, pretender ser objetivas me refiero al proposito, no necesariamente al resultado), y aunque ne ese sentido, uno siempre puede estar condicionado por sus circusntancias, trato de hacer abstraccion de ellas, y simplemente ayudo a quien creo que lo necesita, sea trabajador, profesional de las relaciones laborales o empresario, tratar de evidenciar lo que yo ceo que son injusticias o fraudes, los cometan quienes los cometan, ya sean empresarios o trabajadores (y así, no aplica conmigo esa doble moral que algunos denuncian, ya que igual denuncio un posible fraude en una contratacion como el fraude que trata de cometer un trabajador a la hora de pretender obtener una prestacion de desempleo de forma indebida).
Respecto a que si lo que pretendo constituye una practica antisindical, en fin, todo es segun como se mire. Piensa si aquellos trabajadores a los que pretende representar no verán mejor defendidos sus derechos si se ejerce cierto control o presion a fin de que ese credito que le corresponde por ley realmente se destine, al menos con cierto criterio o justificacion, en acitivades que realmente estén encaminadas a ese fin, mas que en poder disponer de esa tarde para ver la telenovela, poder ir al corte Ingles o simplemente poder avanzar unas horas el desplazamiento a la segunda residencia del fin de semana.
Por supuesto, todo es opinable y relativo, pero te aseguro que cuando esta persona pretende disfrutar de esos permisos en esas franjas horarias no está n pensando fundamentalmente en como defender los intereses de sus representados, sino los propios, y, reconociendo que lo que ahora me preocupa es el perjuicio para la empresa, seguro que un cierto control o presion en ese sentido, redundara en una mejor inversion del tiempo dedicado a la defensa de los intereses de los trabajadores.
No es intencion de la empresa, ni mucho menos, tratar de ejercer un control desmedido (y que no le corresponde) sobre el tema recortar el tiempo que estos representantes pueden dedicar a los asuntos sindicales, pero en todo caso, entiendo que si es legitimo tratar de evitar ciertos abusos y actitudes poco razonables y que puden originar los perjuicios señalados. Solo pedimos un uso mimimamente responsable de ese derecho.
Ninfa, respecto a la predisposicíón a "hacer un minuto más o no" en general, en la empresa hay de todo. Gente muy implicada, gente que trabaja bajo ley de mínimos, gente responsable y comprometido pero que tiene distintos condicionantes (familiares, estudios, horarios de transporte...) que limitan su disponibilidad, gente que parece que simplemente prefiere quedarse en el trabajo aunque solo sea para no aguantar a la parienta o hijos, etc, en fin, de todo. No es exacta la afirmacion de que "nadie quiere prolongar ni un minuto mas". Sí que es cierto, que la persona concretamente afectada no está mucho por la labor, en ese sentido. Y lo que pretendo es valorar hasta que punto está la empresa en condiciones para darle a entender de que la decisión o petición para que cubra ese servicio fuera de su horario habitual cuando se dé el caso debe ser acatada, salvo motivos muy justificados, confiando, como ya he dicho repetidas veces, en el efecto disuasorio que finalmente tendria esa posibilidad a la hora de que la titular del puesto y a la vez miembro del comite se plantee elegir ciertas franjas horarias a la hora supuestamente "ejercer su labor sindical" (vamos, que el viernes por la tarde seguro que dedica esas horas de permiso para estudiare el Estatuto de los Trabajadores y repasarse el convenio).
Ya al margen de este caso, respecto a tu cometario, en general, de que los trabajadores "están en su derecho de no prolongar ni un minuto su jornada laboral", totalmente de acuerdo, como tambien está la empresa en su derecho de exigir que se recupere la media hora que sistematicamente algunas personas (curiosamente suelen ser las que son mas escrupulosas en ejercer su derecho a no prolongar ni un minuto mas su jornada) toman media hora o mas en desayunar (me refiero a la pausa larga, luego, durante el dia pueden haber unas cuentas mas, mas cortitas, pero en conjunto de cierta entidad, ya que el convenio no preve expresamente la retribucion de esas pausas, y, por tanto, tienen caracgter recuperable (ademas de que exceden la duracion y requistos previstos por el ET). En fin, entiendo quye la empresa puede ser flexible y generosa con quienes a su vez son felxibles y generosos con la empresa. Si uno aplica la ley de mínimos, tambien puede esperar que esa misma ley se aplique con él.
Piensa que pur la naturaleza de nuestra actividad y perfil de nuestros profesionales, éstos están habituados a trabajar por objetivos, y eso a veces exige cierta flexibilidad, compromiso y responabilidad. Y como todo tiene un precio, al margen de las posibilidades de carrera profesional piensa que hablamos de una empresa en la que el salario medio supera los 35.000 euros anuales de media, sin incluir incentivos y pluses diversos que en algunos casos pueden incrementar se nsiblemente ese salario, ademas de un muy completo paquete de beneficios sociales (que entre otras cosas les permiten no tener que hacer colas en los ambulatorios de la S.S,, que nuestras hijas den a luz en la misma clinica que la infanta Cristina, etc, y todo esto sin costarles un duro), que invierte importantes sumas en si formación, que cuida todo lo que esta a nuesto alcance en cuanto a prevencion de riesgos, que, a pesar de los condicionantes de nuestra actividad impulsa medidas muy atractivas de conciliacion de vida laborla y familiar (pocas mujeres se marchan de la empresa, aunque todas esas medidas son tambie aprovechables por los hombres) etc.
En fin, que no estamos hablando de Tele-pizza., una empresa de mensajeria, un pequeño establecimiento propiedad de un empresario chapucero y negrero, etc).
No creo que a nadie le interese que se aplique una dinamica reciproca de ley de minimos, vaya.
Horas de fuerza mayor no son, más bien parece una clara conducta antisindical ya que con esa medida lo que estas buscando es poner en contra a otro trabajador frente al representante de los trabajadores OBLIGÁNDOLE a cubrir su turno.
Por tus intervenciones ayudando a otros foreros parece que eres defensor de los derechos de los trabajadores, pero eso sí, en la empresa que tu trabajas que se los dejen en la taquilla ya que parece ser que te generan problemas tal y como vemos en este caso y cuando celebrasteis elecciones sindicales.
Hay muchas formas de salvar ese contratiempo antes que obligar a realizar horas de extra de supuesta fuerza mayor tal y como han comentado muy acertadamente el resto de compañeros.
No quería intervenir pero esta situación ya la he vivido yo en mis carnes y te aseguro que no es nada grato.
Lo que tu apuntas es correcto y es lo que con mas frecuencia pasa en la mayoria de las empresas, donde las relaciones son buenas o como mínimo "normales." Se busca la formula mas adecuada para que ya sea uno voluntariamente haga esa hora u horas o que haya una rotacion etc. Es decir, cuando el personal está dispuesto a colaborar, no hay problema.
La cosa está en que en esta empresa por las razones que sean nadie quiere prolongar ni un minuto mas de su tiempo, aún pagandole ese tiempo. (Vete tu a saber si no se habran sembrado vientos y ahora se estan recogiendo tempestades, que bien me quedó esta cita bíblica) Lo cierto es que los trabajdores le dicen a sus supeiores que niec, que yo no prolongo ni un minuto y estan en su derecho, lo mismo que el delegado esta en su derecho de utilizar las horas que cree convenientes para su actividad. No vale presuponer nada. Se demuestra o nos e demuestra.
Por eso yo creo, aún a riesgo de estar equivocada, que en una empresa donde la gente no quiere "colaborar", sus razones tendran, solo cabe una buena estructura organizativa que preveea situaciones como esta.
Ninfa, reconozco que lo que dices es del todo coherente.
En cualquier caso decirte que esas situaciones que planteas normalmente no generan más problemas ya que, por ej. si se trata de enfermedad, normalmente siempre hay alguien que, sin necesidad de forzar las cosas, podemos contar, pues se trata de algo imprevisto y realmente de fuerza mayor (uno no elige ponerse en fermo tal dia o a tal hora, bueno a veces sí, pero no es el caso), ahí contamos con una buena predisposición por parte del resto de posibles implicados, y, e n tod caso, es algo muy, muy puntual (si se tratara de una baja de larga duracion ya sería otro tema).
Si esa persona causa baja, es de esperar que al menos de 15 dias (habiles) y ello permita buscar un susituto para cubrir de forma regular esas funciones.
Cuando se toma vacaciones, el tema tambien está planificado con tiempo y al final no hay más problemas.
En el peor de los casos, si surge algo muy, muy imprevisto y no tenemos alternativa (a última hora resulta que no puede venir por algo de fuerza mayor e imprevisto y a nadie le va bien quedarse a si de sopetón, o, incluoso porque ya se han ido) entiendo que se trata de algo tan, tan excepcional (creo que en los últimos 7 años solo ha sucedido una vez) que me preocupa poco si si ese servicio queda desatendido de forma tan, tan, insisto, excepcional.
De lo que aqui se trata de de evitar un tipo de ausencias cuyo momento y duracion no gestiona la empresa, sino la empleada, y la empresa no puede quedar a expensas de un uso caprichoso y perjudicial de ese derecho. Y en ese sentido, como ya he dicho, el saber que puede ser minimamente defendible la posibilidad de exigir por la via apuntada esa cobertura por parte de otros compañeros, puede llevar a un uso mas razonable y de buena fe de ese derecho.
En cualquier caso, estoy convencido que habra soluciones mas razonables y defendibles, juridica y éticamente que la que yo apunto, y tal vez alguno de vosotros puede vislumbarla.
En esto no puedo estar de acuerdo contigo. La empresa tiene un trabajador con un horario especial que implica que cuando todos se van, el se queda al paecer una hora o las que sean, mas. Se supone que entra mas tarde y sale mas tarde.
Como represenante de los trabajadores tiene el derecho a salir cuando estima conveniente que debe salir para sus actividades sindicales.
¿Que problema se plantea.? durante la jornada ordinaria deduzco que ninguno ya que cualquier otro compañero de su mismo grupo o categoria lo puede sustitui, pero eso si, al llegar la hora de salida, ¡Adios, buensa tardes.! ¿horas.? ¡No gracias.! Estan en su perfecto derecho.
No cabría pensar que existe una cierta improvisacion o una no muy adecuada organizacion cuando no existe otra persona que pueda sustituir a ese delegado, ya no porque sea delegado y tenga sus actividadessindicales, sino que puede tener un acidente; una enfermedad, marcharse de la empresa... ¿Que sucederia.? ¿quedaría la empresa en manos de la buena voluntada de los trabajadores que quieran hacer esa o esas horas extra.? ¿contrataria temporalmente a otra persona.? ¿No sería mas práctico preveer que esa falta en ese puesto importantisimo para la empresa puede suceder por mil razones y tener otro trabajador de igual categoria con un horario igual al de la centralita ya sea en recepcion, en archivo o donde mejor le parezca a quien organice el cotarro y previas enseñanzas maneje la centralitacuando el tiutlar no esté.?
Disculpa, Ninfa, no llegue a ver tu intervención antes de mi respuesta a Puchonet, aunque en general aplica tambien a la tuya.
Reconozco que es una idea que acabo de alumbrar, y posiblemente se trate de una barbaridad indefendible, es por ello que, consicente de esa posibilidad, la he planteado aquí, confiando en poderlo contrastar con vosotros (y por las vias que pueda).
Insisto en que la solución de contratar a un trabajador para cubrir esas ausencias no la veo fácil, ya que serán situaciones puntuales (bueno, son hasta 30 horas mensuales) y que no se darán necesariamente con cierta regularidad y/o prevision (no puedes tener a un trabajados a tiempo parcial en plan "retén de incendios"). No veo justificada esa contratacion. Y no puede darse un solape, ya que le volumen de trabajo no lo justifica.
Tampoco veo necesario cambios provisionales de movilidad funcional, ya que hay empleados en los que tales funciones podrian encajar relativamente dentro de sus funciones (secretarias...) y que ademas, ya tienen como función habitual cubrir subsidiariamente esa función.
Simplemente es saber hasta que punto se les puede exigir que lo hagan. Dentro de la jornada habitual, de mejor o peor gana, no hay problema. Pero si les toca prolongarla por este motivo...
Como digo, al final busco un argumento, mínimamente defendible, pero confiando que al final tenga un caracter básicamente disuasorio (normalmente un comite o sindicato no organiza reuniones un viernes por la tarde, por lo que si se disfruta de ese permiso en esas horas normalmente será por interés personal y/o ganas de j....)
Ya, Puchonet, y la intención no es forzar las cosas.
Dentro de la poca capacidad de injerencia por parte de la empresa en cuento al control justificación, etc sobre el uso de dichas horas por parte de los representantes de los trabajadores, entiendo que la empresa siempre puede pedir un cierto "ejercicio responsable" (bueno, eso para algunos es ciencia-ficción) de ese crédito y llevar a cabo cierto control o tratar de evitar ciertos abusos en el caso de que puedan derivarse graves perjuicios para la empresa según se disfrute de dicho crédito, pero siempre puede ocurrir, y sin presuponer necesariamente mala fé, que se planteen actividades sindicales de forma relativamente imprevista y en momentos críticos.
Si eso ocurre, entiendo que la empresa no puede quedar a merced de que surja "algún voluntario" que cubra ese servicio que ambs estamos de acuerdo que es clave.
Tampoco todo el mundo puedo cubrirlo (no puedo pedirle por ejemplo a la mujer de la limpieza que cuando eso ocurra atienda la centralita, las visitas, etc).
Y eso de desviar la centralita..., en fin, en algunos casos puede ser, pero en el nuestro tampoco lo veo tan factible (y siempre surgirán temas que requieran la presencia física: visitas...).
Como decía, la verdad es que la intención no es forzar las cosas, pero siendo un poco c...., tengo la impresión de que si esta persona sabe que sus ausencias debera cubrilas, por tanto, fastidiará, a una de sus compañeras, a la que le tiene bastante respeto, confío que ello la llevará a hacer un uso bastante "responsable" de dicho crédito, de forma que si realmente es necesario que tome ese permiso en esos momentos críticos, lo hará, pero si simplemente obedece a un capricho, a ganas de salir antes, no ir una tarde a trabajar, etc, se lo pensará dos veces. En definitiva, que al final pocas veces sería necesario acudir a esta via de "imposicion" (por fuerza mayor). De lo contrario, y tengo ciertos indicios objetivos de que va a ser así, esta persona tendra cierta tendencia a "concentrar sus actividades sindicales" a última hora de la tarde, las tardes de los viernes, etc.
Se trata, como digo, de evitar ciertos malos usos o abusos.
Yo estoy de acuerdo con punchonet. Esas horas no son de fuerza mayor.
El problema, a mi me parece mas de organizacion que de otra cosa y debe de ser la empresa quien busque la solucion adecuada, ya sea reforzando ese puesto mediante las soluciones que propone punchonet, ya sea buscando un trabajador contratado con un horario que pueda cubrir esos periodos en que falta el titular del puesto; mediante cambios provisionales de movilidad funcional de trabajadores de la misma categoría o grupo; via negociacion con otros trabajadores de igual categoria o como mejor crea conveniente la empresa.
En mi opinión no se trata de un supuesto de fuerza mayor. Efectivamente, se entiende que el servicio de centralita no puede quedar vancante y es un puesto de trabajo clave en la organización de la empresa. Pero de ahí a que se trate de un caso de fuerza mayor se va un mundo y una galaxia.
Yo creo que la solución hay que buscarla por otro lado. Si el señor que está en centralita utiliza horas sindicales deberá avisar con la antelación suficiente para que la dirección de la empresa pueda buscar un sustituto, bien mediante la realización de horas extras voluntarias, bien utilizando la bolsa de horas flexibles si el convenio las recoge etc.... Incluso las nuevas tecnologías permiten el devio de llamadas a otros puestos de trabajo en donde pueda contestar alguien....
En fín, creo que no hay que forzar la situación...
me permito plantearos una nueva cuestión, confiando obtener las aportaciones de algunos de vosotros.
En la empresa existe un servicio de centralita que implica un horario especial para la persona que lo ocupa (finaliza unas horas más tarde que la jornada estandar de buena parte de la plantilla). Está persona ostenta el cargo de miembro del comité de empresa.
La utilización del crédito de horas para la actividad sindical al que tiene derecho implica que otra persona del mismo dpto. y funciones similares (pero no es la "titular" del puesto de centralita) cubra dicho servicio en su ausencia.
En ocasiones, dicho permiso lo utiliza en la franja de horario extrema, es decir, más allá de de la hora se salida normal para el resto de la plantilla (y concretamente de la persona que subsidiariamente cubre sus funciones).
Sin perjuicio de las acciones que la empresa pueda llevar a cabo (muy limitadas, por cierto) respecto al control o justificación de la actividad sindical a esas horas, ¿podemos entender que el cubrir la centralita en esa situacion por parte de la otra persona, que deberá prolongar su jornada, es defendible como "horas extra por fuerza mayor".
Lo digo porque, todos sabemos que las horas extras no pueden imponerse, salvo que tengan ese caracter de "fuerza mayor".
Yo, salvo mejor criterio u opinión, entiendo que el cubrir el servicio de recepeción/centralita es clave (no puede quedar desatendida durante unas horas) y, por otro lado, no es la empresa la que puede gestionar, planificar, etc esa incidencia, ya que normalmente será el trabajador, el comité, su sindicato, etc, quienes determinarán cuándo y cómo utilizar dicho credito sindical. Tampoco estária justificado que por ese motivo se debiera contratar otra persona, ya que estamos hablando de hechos puntuales, son unas pocas horas al mes, y además, siempre puede darse cierta incertidumbre en cuanto al momento y duracion de la ausencia (¿contratamos a alguien "de guardia" para cuando se a el caso?).
En definitiva, ¿puede exigírsele a su eventual sustituta que prolongue su jornada cuando sea el caso (y salvo que en alguna ocasión, por la imprevision, pueda suponerle un grave perjuicio) en base a que se trata de "horas extras de fuerza mayor"?.
Como siempre, muchas gracias por vuestra colaboración.