tengo la siguiente duda: he trabajado a traves de ett 829 horas durante el 2003 y 918 hasta el 30/6/04. Por otro lado el convenio de la empresa para la que trabajo tiene una jornada laboral de 1760 horas tanto el año pasado como este.
Haciendo numeros encuentro por diferentes vias que he excedido ese numero de horas. ¿Ese exceso se consideran horas extras? ¿Como deben calcularse? ¿El coste de la hora extra debe calcularse en base al incremento del 10% que especifica el convenio de etts o a lo que marque el convenio de la empresa usuaria? ¿Es posible que ya no pueda reclamarlas por haber pasado demasiado en algun caso?