He tenido mellizos hace cinco meses y antes de acabar las dieciocho semanas de permiso comuniqué a mi empresa (soy personal laboral de la Xunta)a través del registro que no cogía las horas de lactancia ya que las disfrutaría el padre (funcionario). Mi marido pidió acumulación de jornada y se la dieron, pero para mi sorpresa le concedían 8 días por un bebé y 4 por el otro. Le aplican lo que ellos consideran me correspondería a mi. En mi opinión esto es incorrecto ya que el derecho es indistinto al padre o a la madre en caso de que ambos trabajen. De todas maneras aplican el estatuto de los trabajadores, cuando en abril se aprobó el estatuto básico del empleado público, que me incluye al ser personal laboral y que reconoce la hora de lactancia hasta el año de vida.
Otra disconformidad es la proporción en el segundo hijo, ellos aplican la mitad, cuando existen antecedentes de que cada hijo tiene derecho a una hora diaria de lactancia. Es un tema muy complejo que nos lleva a contencioso al no dar su brazo a torcer en el recurso de alzada. Os agradecería muchísimo vuestro punto de vista e interpretación de la ley. Gracias