Tengo dudas sobre el horario a exigir a un trabajador al que hemos trasladado. 1.-Debo tener en cuenta como tiempo efectivo de trabajo, el tiempo que emplea en acudir a su nuevo puesto. O 2.-por el contrario el tiempo efectivo de trabajo empieza a contar desde que entra en la empresa? Sabeis donde puedo encontrar una base legal que arguemente la opción 2.-