Pues resulta que no se si será 15 % o 7%, eso es otra duda porque yo estuve dado de alta el iae con anterioridad durante 5 años, y luego cause baja otros cuatro años, y ahora nuevamente me di de alta hace un año, no se si se considera inicio de actividad o continuación, a ver si alguno que sepa de esto me lo dice, o tu paz, gracias paz
Buenos días.
Con carácter general, sí es correcto, retención de un 15%. Salvo que fuera inicio de actividad (año de inicio y los dos siguientes) , en cuyo caso habría que retener un 7%
Un saludo
Una pregunta he hecho un trabajo puntual para un despacho. Tengo que poner iva del 21% y además retencion del 15% ¿verdad? perdonad pero solo facturo a particulares. Gracias.