Dando por sentado que su relato se ajusta a la realidad, y que no se ha producido algún tipo de malentendido, lo mejor, visto el asunto, es insistir en pagarle los 2.000 de transferencia y 1.500 en efectivo, pero siempre condicionado a obtener una factura que definitivamente establezca que eso es todo lo que se debe. Considero que si acude al Colegio a quejarse, es posible que por mera aplicación de los honorarios recomendados acabe siendo más.
Tampoco le recomiendo pagar y quedar a la espera de la factura, lo mejor sería una cita en el Banco, hacer el ingreso, pagar la cantidad en metálico, y volverse a casa con la factura que demuestre que la deuda está saldada.
Honorarios excesivos demanda extinción de condominio
Mi abogado no me hizo ninguna hoja de encargo ni ningún presupuesto para una Demanda de Extinción de Condominio, la cual la parte demandada se ha allanado.
Como me había llevado el divorcio, y me cobró 970€ por el Convenio Regulador, y siempre me decía verbalmente "me voy a porta bien contigo" pensaba que me iba a minutar de forma razonable.
Llegó el momento de pagar y me saca los baremos del ICAV y me dice que me hace un pequeño descuento, que acaba siendo 10.000€. Tras pedirle por mail que me mande un presupuesto que nunca me había mandado, tampoco me la quiere hacer llegar.
Quedo en su despacho y me habla de otros asuntos, para evadir el tema, peor le vuelvo a insistir que me ponga por escrito lo que le debo, se niega a hacerme un presupuesto de trabajo realizado, así que le digo que me haga una factura proforma.
salgo de su despacho sin ninguna factura pero verbalmente llego a acordar con él que le pague 2000€ en transferencia y 1500€ en efectivo.
A día de hoy no he recibido aún ninguna factura, pero me corre prisa finiquitar con él, ya que quiero seguir trabajando en mi caso con otro letrado porque en el convenio regulador pone resumiendo que tras 18 meses desde éste, le toca a mi ex-mujer ocupar la vivienda, y los 18 meses cumplidos son en poco mas de dos meses.
Quisiera ir al Colegio de Abogados ya que el criterio 25 de los honorarios del ICAV dice:
CRITERIO 25. l) División de la cosa común: En los procedimientos sobre división de cosa
común, cada parte minutará tomando como base de cálculo el porcentaje que
le corresponda en dicha comunidad con el límite del porcentaje que tuviera la
parte vencida en costas. Se establece un módulo de 1.800 €.
Entiendo que le puedo pagar 1800€ ya que no hay presupuesto previo, pero oye, si le tengo que pagar los 2000€ de transferencia que me dijo, se lo doy porque es un dolor de cabeza que tengo. Lo que no puedo hacer es pedir un préstamo personal para pagar sus honorarios ya que se supone que me defiende y no lo contrario.
Muchas gracias foreros de antemano, espero que me puedan iluminar un poco más y que se haga justicia. Saludos.