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Honorarios de Proyecto

8 Comentarios
 
13/11/2009 14:33
Sí señor. Estoy totalmente de acuerdo.

Un saludo.
13/11/2009 11:23
Fanotron, y en el ámbito de los Puntos de Conexión, Obligatoriedad de Suministro a Peticionarios y/o Promoción de Energías Renovables, los documentos y demás que se entregan a la CIA Suministradora, están también en un limbo en tanto que defienden intereses de sus accionistas y se refieren en no pocas ocasiones a Servicios Públicos y Derechos de los Ciudadanos, no debería la Ley 30/1992 y resto de leyes de este tipo ¿aplicar a la entrega de documentación en estas entidades y sus registros?. Ahí es donde ahora está el dinero y nos la están haciendo, antes fue el urbanismo y ahora el tema es ese.
13/11/2009 11:10
Franciscocordón, comparto muchos de tus puntos de vista pero me sigue pareciendo mal que la colegiación y/o el visado sea/n obligatorio/s para los proyectos y actuaciones de profesionales por disposición de infinidad de leyes, normas, ordenanzas, reglamentos, etc.. ¿No debería ser suficiente con el título para presuponer la pericia del profesional?

Respecto a los seguros de responsabilidad civil, ¿no debería ser suficiente con algo parecido a lo que existe para los vehículos?. Y si se tratara de grandes proyectos, estos ¿no son en su inmensa mayoría, por no decir casi la totalidad, con cargo al erario público?. En tal caso, ahí sí que el visado es claramente una duplicidad innecesaria porque la Administración tiene su Oficina de Control de Proyectos.

En cuanto al dinero que cuestan el visado y las cuotas, independientemente de los servicios que se de al colegiado, lo que no me parece bien es, primero, que sea obligatorio y, segundo, que no se pueda elegir en qué colegio visar.

De hecho estas corporaciones de derecho público(colegios, cámaras, federaciones, cofradías, comunidades, etc.) se mueven en una especie de "limbo" en el que: son reguladas por ley, pueden defender intereses gremiales, no están sujetos al mercado ni a la competencia, en muchos casos se financian con dinerito del estado, etc..

Pero, al parecer, no se las considera como entidades de derecho público vinculadas a la Administración.

¡En fin!

Franciscocordón, vaya ante todo mi agradecimiento por las aclaraciones y comentarios tan interesantes que siempre haces.

Un saludo.
13/11/2009 08:46
Ya Fanotron, pero eso es lo que diga la vigente ley de colegios profesionales. Cuando la cambiemos con la ley ómnibus tampoco resultarán de aplicación esos cambios a este caso.

Con respecto a que te parezca una "mordida", te tengo que decir que hay muchas. No te olvides que los Colegios contrapesan en mucho los abusos de la Administración y por mí si quieren quitar la "mordida" que lo hagan mañana, pero antes que pongan "ventanillas únicas" con representantes de los Colegios, convenientemente financiadas y con verdadero servicio al ciudadano y también que dejen que los puestos en la Administración se ocupen por verdadera capacidad y mérito y la firma de informes que tenga que ir en cualquier Expte. Advo. que sea obligatoria y específica de Funcionarios de Carrera. Si no contrapesas Fanotron lo que vas a pasar es de un país corrupto a un país más corrupto. Por otro lado el visado protege el proyecto por los seguros suscritos por el Colegio, seguros a los que sólo podrían acceder grandes despachos y que supondrían una barrera de entrada al mercado insalvable para el común de los Colegiados. En definitiva el Visado hace lo que hace y la discusión creo que no debe ser que sea una "mordida", si no el precio que debe tener en función de los servicios que dá, ya que creo que dá garantías a los ciudadanos. Aprovecho para mandar un mensaje a mis amigos de la Comisión Nacional de la Competencia: si queréis competencia en servicios, lo que tenéis que hacer es quitar a los corruptos de las administraciones que hacen de tapón a los proyectos e impiden el trabajo honrado de los demás, investigad por ahí que os va a cundir el trabajo; pero claro eso los políticos no os dejan, porque esos mismos son los que sirven a sus torticeros intereses cuando hay que firmar alguna cosilla, ¿no?.
13/11/2009 01:12
Para mí, aparte de la validez legal que el visado otorga al proyecto, debería llevar inherente el reconocimiento, examen y visto bueno del proyecto en su totalidad. Y, consecuentemente, hacer responsables también a los actuantes del colegio profesional.

Ignoro el alcance real de la responsabilidad del visado y la normativa específica que siguen al respecto en el Colegio de Arquitectos, pero si se limita a la comprobación de esos cuatro elementos formales que Franciscocordón señala, más que un visado me parece una "mordida".

De hecho, a mí me parece que muchos colegios profesionales se las dan de garantes de que la calidad y excelencia de sus técnicos satisfaga las demandas de la sociedad, pero lo que realmente defienden es el corporativismo y su "trozo de pastel".

Un saludo.
12/11/2009 19:27
Yo creo Acriton que te debes cerciorar de que lo que se incumple lo incumple el Arquitecto por dejadez y no lo está incumpliendo tu cliente o sus circunstancias, como suele pasar. Por otro lado si esto lo motivas bien y nos ayuda algún experto del foro a lo mejor puedes llegar a pedir daño emergente y lucro cesante, pero yo no me iría a pedir la devolución de ese dinero, eso puede quitarte argumentos si es que tu cliente está actuando de Buena Fe, ¿no crees?.
12/11/2009 18:47
En el presente caso, al parecer el Arquitecto ha hecho caso omiso a las varias indicaciones de la Oficina Técnica Municipal para corregir lo que incumple. Al parecer, el referido Arquitecto ha estado mas pendiente de dos obras muy importantes que lleva entre manos y parece que no le ha dedicado la debida atención a este "proyectito".
12/11/2009 09:46
Yo creo que lo que puede pedir el promotor es que se le haga la documentación correctamente, pero el encargo lo ha hecho y los propios documentos redactados por el Arquitecto son prueba. A parte de eso, creo que si el promotor considera que se le está causando perjuicio por la dilación en el tiempo pues cabe que plantee acciones ante el Arquitecto, pero desde luego yo para hacer una cosa así procuraría estar seguro de que es lo que han tratado Arquitecto y Promotor, no vaya a ser que luego se encuentre tu Promotor con contramedidas. En cuanto al Colegio, a día de hoy sólo tiene la obligación de comprobar la: identidad y habilitación legal del técnico, la observancia de los reglamentos y acuerdos colegiales sobre el ejercicio profesional y la corrección e integridad formal de la documentación integrante del trabajo, por lo que creo que por ese lado lo tienes difícil. De todas formas yo siempre he opinado que hay trabajos que si no tes los cojes ganas dinero, sólo de pensar la cantidad de llamadas telefónicas entre Arquitecto y Promotor ya me dan escalofríos.
Honorarios de proyecto
11/11/2009 20:41
Un promotor encarga a un Arquitecto un proyecto para edificar una obra.
Cuando el proyecto estaba terminado y visado en el Colegio, se abonó los honorarios pactados por el proyecto.
Una vez recibido el proyecto, se solicitó licencia de construcción en el Ayuntamiento.
Al parecer, el proyecto incumplia determinadas normas del planeamiento por lo que durante cuatro años ha sido rechazado varias veces.
Ahora con la situación de crisis, el promotor no está en condiciones de acometer la obra.
¿Se podría reclamar parte de los honorarios del proyecto, ya pagados, puesto que el mismo aun no ha recibido el visto bueno del Ayuntamiento ni se ha concedido la licencia de edificación?.