En un procedimiento de división de herencia, la contadora partidora y la perito tasadora Api juraron el cargo y aceptaron hacer el trabajo hace cinco años con la parte proporcionar de la provisión de fondos de mi mandante ya que el resto de herederos no pagó, difiriendo el cobro de sus honorarios al final de su trabajo.
Hay un dinero consignado perteneciente a la masa hereditaria consignado en otro juzgado y ahora cinco años después, la contadora plantea incluir en el cuaderno particional en concepto de pasivo sus honorarios y los de la perito Api pidiendo en este procedimiento de división de herencia ser pagados con el dinero consignado el en otro juzgado y una vez que hayan cobrado, devolver el dinero a mi representada ¿es posible hacer esto ahora? el juzgado de la división de herencia nos ha dado trámite de alegaciones pero me planteo si la contadora no va ahora contra sus propios actos y no debió exponerlo cuando juró el cargo. Gracias.