Oscar muchas gracias y perdona de nuevo mi ignorancia. Entonces, después de esta aclaración, ¿Todo fue correcto en mi escritura? Si me lo puedes traducir para que me sea más fácil de entender.
¿Eso quiere decir que me debieron entregar la O.V. antes de tres dias de la firma de la escritura?¿Si es asi pq no tengo copia?
¿quiere decir esto que me entregaron la escritura 3 dias antes y o en ese momento renuncie a leerla?
Explicamelo porfavor.
¡Oops!, pido perdón, se me ha ido la olla. La oferta vinculante dejó de ser obligatoria el 29 de julio de 2012, siempre salvo opinión mejor autorizada: "Lo previsto en el capítulo II del título III, a excepción de la sección 3.ª, entrará en vigor a los nueve meses de la publicación [29/10/2011] de esta orden en el Boletín Oficial del Estado". Con la salvedad indicada respecto al Código de Buenas Prácticas.
@jumucass. "el proyecto (me imagino que esto se refiere a la oferta vinculante) de esta escritura". No, son dos cosas distintas. Te dito la Orden de 5 de mayo de 1994, actualmente derogada:
Art. 5.1.- (...) La oferta deberá ser firmada por representante de la entidad y, salvo que medien circunstancias extraordinarias o no imputables a la entidad, tendrá un plazo de validez no inferior a diez días hábiles desde su fecha de entrega.
Art. 5.2.- En el documento que contenga la oferta vinculante se hará constar el derecho del prestatario, en caso de que acepte la oferta, a examinar el proyecto de documento contractual, con la antelación a que se refiere el número 2 del artículo 7, en el despacho del Notario autorizante.
Art. 7.2.- El prestatario tendrá derecho a examinar el proyecto de escritura pública de préstamo hipotecario en el despacho del Notario al menos durante los tres días hábiles anteriores a su otorgamiento. El prestatario podrá renunciar expresamente, ante el Notario autorizante, al señalado plazo siempre que el acto de otorgamiento de la escritura pública tenga lugar en la propia Notaría.
La subrogación no sigue las mismas reglas a menos que haya un cambio en las condiciones de la hipoteca subrogada, como parece ser tu caso.
Para conocimiento general, y salvo opinión mejor autorizada, la oferta vinculante dejó de ser obligatoria (pero el cliente puede pedirla) a partir del 29 de abril de 2012 (Orden EHA/2899/2011). No obstante, cabe la posibilidad de que el Código de Buenas Prácticas, al que muchos bancos se adhirieron, prevea otra cosa.
Nuevas noticias:
El jueves pasado fui a mi oficina de Unicaja a pedir mi O.V. (oferta vinculante), obligatoria en mi caso ya que es una hipoteca de octubre del 2007 inferior a 150.000 E. Me dijeron que no estaba entre sus papeles pero la pidieron a Málaga y me dijo que me pasara ayer jueves. Ayer me dijeron que no le habían dado respuesta y que iría el personalmente a notaría a pedírselo al notario. Hoy he ido de nuevo y me ha dicho el del banco que en notaria le han dicho que ellos nunca adjuntan la oferta vinculante a la escritura y que desde Málaga dicen que están muy ajetreados y que van por abril con el papeleo, así que les queda mucho para buscar mi oferta vinculante (si es que existe).
De todas formas me ha dicho el del banco que ha estado leyendo en mis escrituras y que pone que me dieron la oferta vinculante con los tres días hábiles necesarios legales... (Pongo exactamente lo que pone en la escritura):
- CLAUSULA ADICIONL ESPECIAL:
1) Manifiesta la parte prestataria que ha renunciado a examinar el proyecto (me imagino que esto se refiere a la oferta vinculante) de esta escritura que ha estado a su disposición en los tres días hábiles anteriores a hoy, llevándose a cabo la autorización en mi despacho. (Si me reúno con él el mismo día de la firma de la escritura no se como puedo renunciar el mismo día de la firma a examinar el proyecto 3 días antes (incongruente).
2) Advierto que esta escritura contiene debidamente separadas de las restantes las clausulas financieras, que se ajustan en su orden y contenido a la orden de 5 de mayo de 1994, sin que las restantes desvirtúen las anteriores en perjuicio de la parte prestataria.
3) Igualmente advierto a la parte prestataria, que entre la oferta vinculante y las clausulas financieras de esta escritura existen las diferencias que se le ha mencionado durante su lectura, diciendo que se encuentra conforme con ellas y renuncia a la facultad de desistir de la operación.
Ya, pero en mi escritura si dice algo de una oferta vinculante:
- CLAUSULA ADICIONL ESPECIAL:
Manifiesta la parte prestataria que ha renunciado a examinar el proyecto ( me imagino que esto se refire a la oferta vinculante) de esta escritura que ha estado a sus disposición en los tres días hábiles anteriores a hoy, llevándose a cabo la autorización en mi despacho.
Advierto que esta escritura contiene debidamente separadas de las restantes las clausulas financieras, que se ajustan en su orden y contenido a la orden de 5 de mayo de 1994, sin que ls restantes desvirtuen las anteriores en perjuicio de la parte prestataria.
Igualmente advierto a la parte prestataria, que entre la oferta vinculante y las claúsulas financieras de esta escritura existen las diferencias que se le ha mencionado durante su lectura, diciendo que se encuentra conforme con ellas y renuncia a la facultad de desistir de la operación.
Hola Juansanch, en referencia a tu comentario, no te preocupes por el posible desahucio, porque tienes clausulas ilegales en tu escritura por lo que se paraliza el desahucio a traves de una serie de argumentos que tenemos en la actualidad entre ellos la clausula suelo, ademas de otras clausulas abusivas. Tu caso es uno mas de los miles de clausula suelo, hay que mandar carta al banco y a atencion al cliente o si no quieres perder tiempo, emprender acciones judiciales. Yo en vista de que las entidades no paran de dar largas a los clientes, lo primero que hago es poner la demanda y una vez puesta, ya con ese respaldo, empiezo los contactos y en varias ocasiones antes de entrar a juicio se ha llegado a alguna solucion ya que no se cual es tu banco pero la mayoria tienen sentencias que directamente les afectan. Si necesitas ayuda, me pongo a tu disposicion para llevar el asunto adelante.
jumucas. me da la impresion de que no tienes oferta vinculante, no firmaste nada de oferta vinculante, es un caso claro el no tener oferta vinculante dice mucho en contra del banco, es prueba evidente de la desinformacion.
Y por lo demas, respetaros los mienbros del foro, estamos dando una informacion muy valiosa y aportando mucho a la gente.
saludos
Hoy he ido al banco a recoger la oferta vinculante que me dijeron que tendrian para el miercoles o jueves y me dice el del banco que no le ha llegado contestacion. Pero mi sorpresa es cuando me dice: " si la tienen te la pido la semana que viene de nuevo pq no puedo vovler a pedirla antes de dos semanas de la ultima peticion" ¿suena esto a largas? ¿sera que no la tienen?.
También me dice que mañana me llama si le contestan y si no el mismo se pasa por notaria a hablar con el notario para pedirsela. ¿es que la puede tener notaria y no el banco?
De todas formas le pregunto ¿ si me hicieron oferta vinculante no deberian habermela dado? Y me dice : " si tu hipoteca es mayor de 150000 no , pero el sabe perfectamente que es menor y cuando se lo digo me dice, : " no se , tengo que mirar las leyes al respecto"
¿Que opinais?
Mi hipoteca es de 144000 y de octubre de 2007. Suelo 3,5 y techo 10
Me subrogue a la hipoteca que tenia la promotora cuando compre mi vivienda, en todo el tiempo de negociaciones sobre comisiones, diferencial, etc... no se me informo de la clausula suelo que es de un 4% y no fue hasta el momento de la firma, al leer la escritura que me enteré de ello. No recuerdo si en aquel momento en la notaria me hicieron firmar la oferta vinculante. El caso es que intente que se quitara de la escritura, pero el representante del banco comenzó a decir no te preocupes, el Euribor esta mas alto que esto, nunca bajara tanto, además esto se pone por defecto y en el supuesto de que llegara a bajar, que seguro que no, no se te aplicaría. Esto junto con la presión que tenia de los promotores, que de no firmar hubiera incurrido en muchos gastos de penalización, abogado de fuera de la localidad con el consiguiente gasto de dietas, etc.... cometí el error de firmar.
No paso mucho tiempo cuando el Euribor comenzó a bajar y me puse en contacto con el banco reclamando que dejaran de aplicar el suelo, me dijeron no te preocupes, vamos a consultarlo y en la renovación se aplicara el Euribor actual, bla bla bla.
Llego la renovación y seguía pagando lo mismo, de nuevo contacte con ellos y me dijeron que bueno, no era posible a menos que contratara algún producto financiero con ellos, plan de pensiones, etc.... me sonó a mas mentiras y les amenace con marcharme a otro banco y retirar todos los productos que tenia contratados con ellos, además de retirar la nomina del banco y asi lo hice, cuando comencé a plantearme seriamente hipotecar con otro banco, perdí mi trabajo y por supuesto era inviable que ninguna entidad me diera hipoteca estando en el paro.
Desde entonces solo he dejado de pagar una mensualidad, pero no puedo pagar la totalidad de la cuota hasta el dia 10 que es cuando el inem ingresa, esto genera unos intereses de demora 18% brutales, que ya se me ha comido un par de cuotas y voy retrasada en los pagos. A pesar de que saben mi situación todos los meses me llaman sobre el día 5 para recordarme que no he pagado toda la cuota. He calculado la cantidad pagada de mas por el suelo que tengo y hacen la friolera de unos 9.000€ en 6 años. Me gustaría emprender acciones legales contra el banco para eliminar la clasula suelo y reclamar lo pagado de mas, pero tengo miedo que al hacerlo ejecuten mi hipoteca por no estar al corriente de pago. Que opináis?
Resumidamente: los miles de afectados por la cláusula suelo somos unos analfabetos que no sabemos leer ni tenemos puñetera idea de economía. Los bancos obraron de buena fe poniéndonos esa cláusula para cuidarnos de una posible variación del euribor que pueda perjudicarnos, y ahora nosotros, clientes perversos y chaqueteros, queremos timar a la entidad bancaria que nos dio el préstamo para nuestra casa de ensueño.
Ya está, se puede chapar el post. Vaya tela... Ò__ó
A ver Jumucassita de mi alma, maestro de primaria, ¿te doy una clase de literatura y te explico lo que es el contexto? ¿Te explico que en un contrato hay dos partes, y que la otra parte no eres tú? ¿Te explico que es obligación tuya, y no del banco, entender lo que firmas? ¿Te explico la diferencia entre cláusula abusiva y falta de transparencia?
Por supuesto que me la han metido doblada, y más que me la meterán, pero debo ser un tipo raro, porque yo al menos procuro informarme antes de gastarme 200 euros, mirar en varias tiendas, preguntar, comparar. No te digo ya si tuviese que gastarme 200.000 euros.
A ver Osquita de mi alma, si no entender en materias económicas es ser ignorantes, yo también soy un gran ignorante. Ahora bien, soy maestro de primaria (espero no ser un ignorante en mi materia), pero en su día hace ya 8 años, a pesar de ser maestro, quise comprarme una casita y casarme. Lo malo es que no entendía por aquel entonces nada de euribor, diferenciales clausulas suelos... y pobre de mi ignorancia y de confiar en las buena fé de los bancos ( aún sabiendo que ganarían muuuucho dinero con mi hipoteca) se aprovecharon claramente de dicha ignorancia (tenían que haber incorporado en la carrera de magisterio una asignatura de económicas).
Sólo espero que "nunca" te la metan doblada por ser un ignorante como mucho de nosotros.
@juafer00. Te pido disculpas. He repasado los mensajes que hemos intercambiado y he conseguido comprender, si no me equivoco, qué es lo que me estás discutiendo sobre el "diferencial": cómo se aplica la cláusula suelo. Yo he puesto un ejemplo numérico en el que aplico la cláusula suelo al tipo variable (euribor más diferencial), y tú me has respondido que el diferencial se suma al suelo (esto es, que se aplica al euribor). Entonces he cometido un error, porque al leer tu respuesta, no la he relacionado con el ejemplo numérico que había dado anteriormente. A partir de ahí, no estábamos hablando de lo mismo.
La cláusula suelo ha de aplicarse tal como se indique en la hipoteca. Que en la tuya la cláusula suelo se aplique al Euribor no quiere decir que ése sea el único método. En palabras del Banco de España (Informe al Senado de mayo de 2010, publicado en el BOCG, Senado, Serie I, núm. 457): "En este caso, la propia escritura de préstamo hipotecario incorpora límites a la variación de los tipos de interés, o a la de los índices de referencia" (p. 13). Por tanto, mi ejemplo era correcto.
Esto es lo que tenía que haberte respondido. Me reitero en mis disculpas, y lamento sinceramente el error que he cometido.
"Modifico - El diferencial se suma al % que tengas como suelo, SIEMPRE QUE EL EURIBOR SEA INFERIOR al %, y eso hace que deje de ser VARIABLE y la convierte en FIJA".
Sólo tengo una palabra: DESCOJONANTE. Acabas de descubrir lo que es una cláusula suelo. ¿Y te sorprendes porque te llame ignorante?
"¿Estas llamando ignorantes a los miles y miles...?". No. Y me cito: "Pero es más fácil firmar sin leer (o entender) lo que firmas y después, si hay algún problema, pedir a papá Estado que te saque las castañas del fuego porque soy un ignorante o algo peor". Me parece obvio que me refiero a ignorante en, este caso, "asuntos hipotecarios". Como dice abogadosuelo: "Estamos hablando de personas que no tienen ningun conocimiento en asuntos hipotecarios, que les plantan la escritura y se fian del banco de toda la vida". Y por supuesto, no me estoy refiriendo a todos los hipotecados, ni a la mayoría, ni a la minoría: es sólo una clase de hipotecados, los que aducen no entender lo que han firmado.
"Dime un solo banco que lo haga si ellos tuvieran razon". Cito a abogadosuelo: "La realidad, desgraciadamente, no es la que comentas, estamos llevando cantidad de procesos y recibimos diariamente llamadas de clientes a los que no les quitan la clausula suelo, por eso te digo que no es asi". Por cierto, abogadosuelo te estaba respondiendo a ti, juafer00.
Y me vuelvo a citar: "El Tribunal Supremo ya ha afirmado en nota de prensa que la cláusula suelo es nula cuando se demuestra falta de transparencia". Lo digo para que dejes de dar "razones" de algo que no te estoy discutiendo.
Modifico
El diferencial se suma al % que tengas como suelo, SIEMPRE QUE EL EURIBOR SEA INFERIOR al %, y eso hace que deje de ser VARIABLE y la convierte en FIJA
Esa limitacion es uno (entre tantos), de los motivos de reclamacion
¿Estas llamando ignorantes a los miles y miles de ciudadanos (yo entre ellos) a los que no se les nombró siquiera la existencia de las clausulas suelo/techo, o a los que no se les respeto el derecho a examinar las condiciones durante tres dias laborables, por ejemplo?.
Y te aseguro que a la mayoria de las hipotecas con suelo/techo SE LES SUMA EL DIFERENCIAL AL SUELO, si no fuera abusiva esa clausula, ¿POR QUE MOTIVO SI RECLAMAS AL SAC DEL BANCO ES ACEPTADA LA RECLAMACION Y QUITADAS (ANULADAS).
Dime un solo banco que lo haga si ellos tuvieran razon.
Y pasate por aqui para ilustrarte un poco, " iluminado ", y no vayas de salvador de los bancos, a menos que seas banquero y te fastidie el tema.
Y por ultimo decirte que me niego a responder a alguien que cuando se le rebaten sus razones acude al insulto y la falta de respeto a las miles de personas que se sienten perjudicadas y solo defienden sus derechos.
@juafer00. ¿Estás en igualdad de condiciones con Carrefour, Zara o El Corte Inglés? Carrefour, Zara y El Corte Inglés ofrecen unos productos en unas condiciones, y tú tienes la libertad del consumidor: no comprar, o comprar en otro sitio. Pues lo mismo con las hipotecas: el 75% de las hipotecas no tiene cláusula suelo. Pero es más fácil firmar sin leer (o entender) lo que firmas y después, si hay algún problema, pedir a papá Estado que te saque las castañas del fuego porque soy un ignorante o algo peor.
Lo repito una vez más: tenemos condiciones generales de contratación por todos los lados. De hecho, el 90% de las compras las hacemos bajo "condiciones generales de contratación".
Falta de transparencia no es lo mismo que cláusula abusiva. Pero yo explico en qué puede consistir la "falta de transparencia" aducida por el Tribunal Supremo en su nota de prensa, y tú te dedicas a mezclar churras con merinas.
"El diferencial SE SUMA al suelo". Pues tienes una hipoteca muy especial.
"Variable: cuando se aplica un tipo de interés resultado de sumar un diferencial al Euribor (o a otro índice de referencia)":
http://www.helpmycash.com/hipoteca/
"Variable: Su valor es revisado periódicamente con el fin adaptar su valor al estado actual de la economía. Generalmente se emplea algún índice económico como el euribor, el Libor o el IRPH, al cual se le añade un diferencial de forma que el interés de la hipoteca siempre sea superior al índice de referencia":
(*): las hipotecas con intereses superiores al 6% son hipotecas a tipo fijo, no se suma el Euribor.
Pero no sé por qué tengo explicarte un concepto tan básico. ¡Ah sí!, porque eres un ignorante (vid. supra): ése es el problema. Si no sabes que el diferencial se suma al Euribor, no me extraña que te sientas engañado.
Y ahora que caigo, si sumas un diferencial a un suelo, y el valor de éstos está fijado en el contrato, tienes una hipoteca a interés fijo.
@abogadosuelo. Primeramente, agradecerle su participación en el foro como profesional que es con experiencia en el asunto que nos ocupa. Pero sus argumentos no me convencen. Si el prestatario no está de acuerdo con las condiciones que le ofrecen, tiene la posibilidad de no firmar. Pero si firma, no tiene sentido, en mi opinión, anular una cláusula aduciendo que eran condiciones generales o que no hubo equilibrio entre las partes. Y en su caso, sería más correcto (no digo legal) resolver el contrato.
Pero es mi opinión personal: "No soy licenciado en Derecho ni mi trabajo tiene que ver con el asunto", como he indicado en mi segunda intervención en este hilo.
Primeramente daros las gracias por la participacion que estais teniendo en el foro. Que sirva para que cualquier usuario pueda estar informado de este problema.
Matizaros algunos aspectos desde la experiencia en este tema. No entiendo como se puede decir que una clausula es abusiva pero no ilegal. Para quien tenga alguna duda conviene recordar que las clausulas suelo son ilegales, da igual el procentaje que tengan si es un 2% o un 5%, el banco no puede establecer un minimo de interes a un contrato variable, un concepto distinto es el tipo nominal que se pacta al principio, pero que quede claro que son totalmente ilegales.
Ya lo dije anteriormente son condiciones generales de la contratacion que impone el banco siempre a su favor sin contar con el consumidor, es una escritura redactada de modo unilateral por el banco, conforme a su modelo de contratación y sin posibilidad de negociar o modificar las condiciones bajo un modelo propio estandarizado en el que únicamente se introducen los datos del adquirente.
No existe ningun equilibrio entre las partes. En algunas ocasiones los bancos se daron cuenta de que solo establecer un suelo era algo mas que evidente que es ilegal e intentaron rectificar el problema estableciendo un techo para compensar y decirle al cliente que es legal porque hay un suelo y un techo, pero han vuelto a cometer el error al poner el techo tan alto, ya que nunca se va a alcanzar eso es imposible, por lo que tanto el que ideo el suelo como el que intento rectificarlo poniendo suelo y techo estan cojidos porque no hay equilibrio, hay una desproporcion evidente que no procede.
Y por ultimo, decir, que despues de ver algunos comentarios, pongamonos en la piel de quien le han incluido la clausula suelo en la hipoteca, de verdad pensais alguno que se les aviso de que tenian una clausula que limitaba a la baja el tipo de interes? Estamos hablando de personas que no tienen ningun conocimiento en asuntos hipotecarios, que les plastan la escritura y se fian del banco de toda la vida.
Con respecto a la oferta vinculante, yo lo que me encuentro con los clientes es que unos ni siquiera saben lo que es, otros no tienen ningun papel y tampoco se adjunta a la escritura y otros la adjuntan el mismo de la escritura, es decir, una irregularidad mas en cualquier caso.
Es evidente que se ha cumplido una ilegalidad con la clausula suelo, de ahi, que cada dia hayan nuevas sentencias a favor de los consumidores.
un saludo a todos
Oscar84, ¿de verdad estas dando a entender que un banco y un cliente estan en igualdad de condiciones para negociar una hipoteca?.
MENTIRA
Por otra parte, JAMAS el banco negocia con el cliente las clausulas del contrato (las impone), es tan simple como que SI o SI tienes que aceptar SUS CONDICIONES.
Y dices: "El Tribunal Supremo ya ha afirmado en nota de prensa que la cláusula suelo es nula cuando se demuestra "falta de transparencia".
Falta de transparencia se considera el NO INFORMAR AL CLIENTE DE TODAS LAS CONDICIONES, o DE QUE EL CLIENTE TIENE UN PLAZO DE TRES DIAS HABILES PARA ESTUDIAR LAS CONDICIONES DE LA OFERTA, (la mayoria se firmaron el mismo dia que se firmo la escritura), por lo cual no pudo saber esas condiciones ANTES de la firma.
Y te recuerdo que el diferencial pactado SE SUMA al suelo, o sea que si tienes un suelo del 4% MAS EL DIFERENCIAL del 1%, te estan cobrando el 5%, y ESO SE CONSIDERA ABUSIVO.
Yquienquiera saber como conseguir que te anulen dicha clausula que visite este enlace, por favor y luego si quereis, opinais del tema.