La consulta es la siguiente: Sentencia de divorcio en julio. En ella se indica lo típico, que el no custodio contribuirà al pago de la hipoteca al 50%. En una cuenta conjunta a nombre de los dos progenitores había dinero suficiente para pagar las cuotas de agosto y septiembre, por lo que ni el custodio ni el no custodio han ingresado nada. Ya no queda saldo suficiente para pagar la de octubre.
Mis dudas:
1. Puede el custodio pedir que el no custodio ingrese la mitad de la hipoteca de agosto y septiembre?
2. En caso de impago en octubre puede el custodio instar el embargo directamente al no custodio, como si se tratara de pensión de alimentos, con costas incluídas, o primero debe requerirle de pago?
3. En suma, qué pasa si el no custodio no paga la mitad de la hipoteca a la que está obligado?
1. Ingrese su parte, y pida la ejecución de la sentencia.
2. Si Vd. adelantó el dinero, puede ir a una reclamación de cantidad. Si no, a ejecutar. Solicite al ejecutar el aseguramiento del cumplimiento, y que le retengan si tiene nómina todos los meses.