bien ahora si lo entiendo, la verdades que no comprendo la negativa a que seas tu misma quien proceda a la inscripcion. de todas formas lo que si debes solicitar a la gestoria es que te justifique la cuantia y el abono realizado en el registro como consecuencia de la inscripcion.
Perdon por el lío. La herencia está aceptada, y registrada ante notario.
Para poder vender la vivienda, solo falta ir al registro de la propiedad y presentar la escritura de la herencia que nos han dado, para que inscriban los datos actuales a nuestro nombre(que somos los vendedores).
La pregunta es: ¿ Porque la gestoría que va a tramitar la compra-venta del inmueble me obliga a que sean ellos quienes lo inscriban y no me permiten hacerlo a mí? ¿es normal esta postura?
No comprendo como la vivienda esta en otra provincia y la habeis registrado en vuestra ciudad. Las propiedades se registran en el Registro de la Propiedad del lugar donde estan situadas.
Hola a todos, mi duda es la siguiente:
Queremos vender una vivienda heredada que esta en otra provincia, la herencia ya esta firmada ante notario y registrada en nuestra ciudad. A la hora de vender, la gestoría que tramita los papeles del comprador nos exige que le entregemos la documentación (antes de firmar la venta) para inscribir la vivienda en el registro de la propiedad de esa provincia.
La vivienda se encuentra registrada actualmente a nombre del fallecido. ¿Es obligatorio cambiar los datos antes de la venta? ¿Por que me exigen ser ellos quienes lo registren y no yo personalmente?
Gracias.