Hola, ante todo dar las gracias por su atención.
Paso a exponer mi duda:
El caso es en Zaragoza, Aragón, por lo del derecho foral aragonés.
Un tío de mi padre falleció hace 13 años, la mujer dijo que no tenia descendientes ni familiares directos con lo cual se hizo única heredera del fallecido, quedándose con el 50% del piso que correspondía a su marido por haberlo comprado durante el matrimonio.
Ahora la mujer, tía política de mi padre, a fallecido, y al comprobar el abogado para repartir los bienes, puesto que no hay descendientes directos, se ha dado cuenta de que por parte de la mujer hay una única hermana, pero por parte del hombre hay 7 hermanos, los cuales en su momento eran los herederos legales de la parte del hombre. El abogado ha dicho que el 50% del piso va para la hermana de la difunta y el otro 50% ha repartir entre los 7 hermanos del difunto. Hasta ahí la cosa esta clara pero, y aquí viene la duda, la mujer una vez fallecido el marido, y tras haberse echo heredera de forma indebida, re hipoteco el piso contrayendo una deuda de la cual según su hermana y única heredera quedan por pagar una gran cantidad de dinero. Los herederos del difunto quieren saber si esa deuda al haber sido contraída después de fallecer su pariente, es heredable por ellos junto con la parte que les corresponde de la herencia, o si por el contrario la hereda la heredera de la que contrajo la deuda, ya que el marido ya había fallecido.
La explicación ha sido un poco extensa, disculpen, pero creo que así es mas clara la pregunta.