En Galicia, al casarse, si no se dice lo contrario, es REGIMEN GANANCIAL, todo es de los dos, compre quién lo compre, lo gane quien lo gane.
Si los 20.000 € se aportaron durante el matrimonio es ganancial. Si fallece uno de los dos, en gananciales, 10.000 € se repartirían entre los hijos según las legítimas (1/3 de esos 10.000 para los hijos, otro 1/3 de mejora (o legitima larga, y el otro 1/3 de libre disposición, para quién o quiénes quiera. Del 1/3 de mejora va en usufructuo (uso y disfrute) para el cónyuge.
Si hay separación de bienes, hay que determinar quién es el titular del dinero (quién está en la cuenta). Si están los dos, se entiende por mitad.
De todas formas, siempre podéis ir al Notario y hacer capitulaciones matrimoniales para cambiar el régimen a separación de bienes.
Buenas tardes, tengo una duda.
En que se diferencia lo de estar en bienes gananciales y separación de bienes?
Por ejemplo si mi conyuge y yo tenemos 20000 euros en el banco o un piso, ¿si fallece uno de los dos como se repartiría el dinero con los hijos estando en gananciales o en separación de bienes?
Mi mujer y yo nos casamos en galicia, ¿como se puede saber nuestro regimen?
gracias