En cuanto a la tasacion de la herencia tengo dos dudas.Es verdad que la herencia tiene que tasarse con el valor de los bienes en el momento del fallecimiento y me han comentado que todos los gastos ocasionados para repartir la herencia tienen que ir a cuenta de la herencia.
Eso ya es el Juez quien tendrá que valorar y decidir. Pero tal y como yo lo entiendo no saber que eras hijo suyo supone no tener ni idea de que pudieses serlo. Si lo dudaba, hay un posible principio de prueba de que lo que no quería era reconocerte. Pero, como digo, eso ya depende de la valoración judicial de la situación y posibles pruebas existentes.
Un saludo
Gracias zoraser, el tema es que vivimos todos en la misma zona, mi familia y la del.Todo el mundo sabe que soy hijo del, pero cuando mi abogado comunico el tema a mi tio biologico se extraño, si y no, pero admitio rapidamente el acuerdo. Yo lo que tengo cartas que le envio a mi madre diciendo "....Que no esta seguro de sea hijo del, comentando que esas afirmaciones eran muy frias y duras, y que no se le puede dar los apellidos a una criatura, sin saber si es hijo o no" o sea que el desconfiaba de que fuera, eso valdria para anular el tema
Dando por hecho que se te reconozca la filiación paterna, la cuestión estriba en demostrar que tu padre no conocía tu condición de hijo suyo. Si consigues demostrar que no sabía que eras hijo suyo, puedes solicitar la declaración de nulidad del heredero instituido en el testamento, con lo que todo te correspondería, excepción hecha de posibles legados o disposiciones similares. En cambio si tu padre sabía de tu existencia y sabía que eras su hijo, solamente tendrás derecho al 25%. Pero, ojo en el primer caso, porque si acudes a la partición junto al heredero, antes de instar la anulación, ya no podrás hacerlo después.
Un saludo
haber si me podeis ayudar, os doy las gracias de antemano.
Yo soy hijo de soltera, o sea mi padre natural nunca admitio mi existencia.ÉSte, muere por x causas, y se le practica una autopsia, y en dias a posteriori es incinerado,segun tengo entendido por expreso deseo del mismo. Al haber existido una autopsia le sigo la pista con la cual me guardo una biopsia en el instituto forense, y se guarda en frio para una posterior utilizacion.
Despues de seguir todos los pasos: certificado de defuncion, acta de ultimas voluntades,etc aparece la existencia de un testamento abierto que es otorgado al hermano de mi padre.
Quisiera saber primero, si puedo pedir una copia del testamento abierto al notario donde se realizo,aunque no aparezca en la herencia
posteriormente me pongo en contacto con el hermano de mi padre, para comentarle que no realice ningun movimiento con la herencia, k voy realizar los pasos necesarios para reclamar mi parte(prueba de adn), con lo que el me comenta que no hace falta llegar a juicio y que podemos llegar a un acuerdo.
Aqui es donde necesito ayuda:
-que parte me corresponderia de la herencia como hijo suyo aunque no este como heredero en la herencia.La legitima, la legitima mas la mejora, todo??
-habria alguna forma de revocar el testamento
Por lo que Vd. dice, su tio le reconoce como hijo de su padre natural. Eso es importante.
Le comento. Hace poco salió en la prensa, que una señora reclamaba ser nieta de Alfonso XII, y que habia presentado la correspondiente reclamación judicial. El juez, como primer paso, había pedido a los descendientes vivos de Alfonso XII, si la reconocian como nieta del mismo. Según decia el periodico, el rey Juan Carlos, habia admitido el parentesco, así como sus hijos. Por lo tanto, en breve le iban a dar la filiación.
Volviendo al caso de Vd., si su tio le reconoce como sobrino, es que, ó es una persona que actua de buena fé, y no quiere lo que no le pertenece, cosa que sería muy de elogiar, ó .. el padre de Vd., al final si le ha reconocido de alguna forma, tal vez en su testamento.
¿El abogado de su tio le ha facilitado una copia?
En cuanto a la ley ya me he puesto al dia de que es el 25%, pero el testamento fue realizado en el 2001 ,que ley se le aplica?? la anterior que seria por el derecho civil o la nueva del año 2006 que es por derecho civil gallego
Gracias por una respuesta tan rapida, pero no hay ninguna posibilidad de impugnacion o revocacion del mismo,para poder percibir mas parte de la herencia
Pues eso parece, la Ley de Derecho Civil de Galicia establece lo siguiente:
"La legítima de los descendientes ser reduce de un 66% a un 25%, constituyéndola la cuarta parte del valor del haber hereditario liquido. Excepto disposición del testador o pacto, la legítima no se podrá pagar una parte en dinero y otra en bienes. No es posible su renuncia o transacción antes de la apertura de la sucesión, con la excepción de los pactos de apartamento. El legitimario que no reciba bienes suficientes para cubrir la legitima que le pertenece, tiene derecho a un complemento, que podrá ser pagado en dinero extrahereditario únicamente cuando así lo acuerden los herederos, pero no tiene derecho a ninguna acción real, sino que es un simple acreedor de la misma. El pago de la legítima producirá intereses legales al año de su reclamación. No habiendo bienes suficientes en la herencia para pagarlas, se reducirán los legados y las donaciones, con un plazo de prescripción de 15 años para su ejercicio."
(Extraído de noticiasjuridicas.com)
De todas formas tendrá que hacer lo que le dice Nuria, instar un procedimiento judicial de filiación, como no lo haga pronto se expone a que su tío se adjudique los bienes y luego tenga que ir a reclamárselos a él.
entonces me lo dices con seguridad que me tocaria toda la herencia, este caso sucede en galicia, y me comento el abogado del heredero del testamento que solo me pertenecia la cuarta parte como legitima es cierto
Como hijo suyo le corresponde todo al no haber más hijos ni cónyuge (según parece), pero primero debe demostrar que lo es mediante un procedimiento judicial de determinación de la filiación (siempre que puedan hacerse pruebas de ADN o mediante algún tipo de indicio... fotos, cartas a su madre o a Vd., testigos, etc...), vía judicial con abogado y procurador que le urge instar cuanto antes porque su tío moverá la herencia y como desaparezcan los bienes estará un poco difícil recuperar algunas cosas. Por tanto, acuda a un abogado cuanto antes.
Un saludo.
haber si me podeis ayudar, os doy las gracias de antemano.
Yo soy hijo de soltera, o sea mi padre natural nunca admitio mi existencia.ÉSte, muere por x causas, y se le practica una autopsia, y en dias a posteriori es incinerado,segun tengo entendido por expreso deseo del mismo. Al haber existido una autopsia le sigo la pista con la cual me guardo una biopsia en el instituto forense, y se guarda en frio para una posterior utilizacion.
Despues de seguir todos los pasos: certificado de defuncion, acta de ultimas voluntades,etc aparece la existencia de un testamento abierto que es otorgado al hermano de mi padre.
Quisiera saber primero, si puedo pedir una copia del testamento abierto al notario donde se realizo,aunque no aparezca en la herencia
posteriormente me pongo en contacto con el hermano de mi padre, para comentarle que no realice ningun movimiento con la herencia, k voy realizar los pasos necesarios para reclamar mi parte(prueba de adn), con lo que el me comenta que no hace falta llegar a juicio y que podemos llegar a un acuerdo.
Aqui es donde necesito ayuda:
-que parte me corresponderia de la herencia como hijo suyo aunque no este como heredero en la herencia.Ej: de 1000 euros cuanto me corresponderia
-habria alguna forma de anular el testamento a favor del hermano de mi padre