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herencia

3 Comentarios
 
20/03/2009 21:34
aihssss, es verdad zoraser, la sustitución es otra cosa. gracias por corregir.

Un saludo cordial.
20/03/2009 21:25
Hola katia, creo que te refieres a la representación.
La sustitución vulgar es... otra cosa.
Un saludo
19/03/2009 15:59
Hola vespa,

Cuando se renuncia o repudia la herencia, no hay lugar a la sustitución legal.

Salvo mejor opinión.

Reciba un saludo,
Herencia
17/03/2009 23:53
Hola, me gustaría saber lo siguiente: En caso de un testamento en el que el testador instituye herederos a sus hijos con sustitucion vulgar a favor de los descendientes de los mismos, ¿tienen los descendientes nacidos después del fallecimiento del testador derecho a la herencia en caso de renuncia a la misma por parte de los instituidos?
Gracias de antemano.