Hola larocio. No se como funciona la información al ciudadano de la Comunidad de Cataluña, pero supongo que mas ó menos, en todas las comunidades irá por el estilo.Te asesoran perfectamente por telefono.
A titulo orientativo, te puedo decir que en la Comunidad de Madrid, en el tema de Sucesiones se hace de la siguiente manera:
= En la oficina de valoraciones de la Comunidad de Madrid, te dan los valores "oficiales" de las propiedades, de forma GRATUITA.Son los valores que despues necesitarás para el resto del papeleo.
= En la Delegación de Hacienda de la Comunidad de Madrid, en un documento privado, que te facilitan ellos mismos y que es GRATUITO, se enumeran las propiedades, y los herederos, firmado por todos los herederos. Tu padre también tiene que firmar, ya que tiene la legitima (cuota viudal)
= En esta misma oficina, con el documento privado ya relleno, la partida de defunción, certificado de últimas voluntades, y testamento (si lo hubiera) te rellenan al ordenador el Modelo 650 (Impuesto de Sucesiones) GRATUITAMENTE, saliendo una hoja para cada heredero con el importe a pagar, por cada uno. (siendo de padres a hijos hay una bonificación del 99%)
= En el propio edificio, se ingresa en la Caja de Ahorros lo que conste en el impreso.
Y ya está. Ya has liquidado con Hacienda.
Despues con el impreso donde te ponen los sellos correspondientes a que todo está pagado, te vas al Ayuntamiento y también ellos GRATUITAMENTE te calculan la plusvalia. El piso, puesto que vive tu padre (el viudo) está practicamente exento (es lo que te habia dicho el Notario) con la condición de no venderlo en 5 años.
No tienes que hacer ningún documento publico. Es un dinero que te puedes ahorrar. El dia de mañana, cuando fallezca tu padre, ya harás escrituras públicas sobre el total de tu madre y de tu padre. Pero la diferencia es que, aunque entonces si te cueste un dinero, también puedes tomar posesión (vender si quieres) porque tu estarías sola, ya que tu padre no ocupa el piso, como está haciendo ahora.
he llamado por telefono ha barios abogados solo para consultr esto que te pregunto a ti y me dicen que ellos no son un consultorio telefonico,tengo unas primas en andalucia y ellas hace 3 anos que su padre fallecio y nunca han hecho nada es ahora que yo se lo he preguntado que me hndicho que ellas no saben nada pues hellas no han hecho nada, gracias
gracias maribel, es en barcelona, pero el notario me ha dcho que para pagar el impuesto de succesion tengo que hacer escrituras a mi nombre y eso me cuesta 1400 euros
No tienes obligación de aceptar la herencia ni hacer la declaración de herederos ahora, pero eso si, el Impuesto de Sucesiones tienes que declararlo en 6 meses, tienes hasta febrero y depende de la Comunidad Autónoma del fallecido se paga más o menos e incluso no se paga, pero si hay que hacer la declaración.
el notario me pide 1400 euros pero dice que el impuesto escero pues a valorado menosyno hay quevender en 5 anos, es necesario ir aceptar la herencia si yo no voy ha hacer nada y mi padre viveen ella pues 1400 euros para hacer otras escrituras y ponerla a mi nombre meda igual,gracias por los consejos y si no lo hago que es lo que puede pasar
mi madre fallecio en agosto soy hija unica y si alguien me puede decir si es obligatorioir hacer la aceptacion de la herencia,pues yovivo en francia y mi padresigueviviendoenla casaya mi meda igual