Ningún copropietario estará obligado a permanecer en la comunidad. Cada uno de ellos podrá pedir en cualquier tiempo que se divida la cosa común
tanto si son 2, 8 ó 50 copropietarios. sin ningún requisito más allá de presentar una demanda con abogado y procurador. Tenga buena o mala voluntad. Se lleve bien o mal con el resto. Conozca al resto o no. Necesite el dinero o no. Tenga la casa 40 ó 400 metros cuadrados.
Ningún copropietario estará obligado a permanecer en la comunidad. Cada uno de ellos podrá pedir en cualquier tiempo que se divida la cosa común. [...]
Artículo 402.
La división de la cosa común podrá hacerse por los interesados, o por árbitros o amigables componedores nombrados a voluntad de los partícipes.
En el caso de verificarse por árbitros o amigables componedores, deberán formar partes proporcionales al derecho de cada uno, evitando en cuanto sea posible los suplementos a metálico.
Artículo 404.
Cuando la cosa fuere esencialmente indivisible, y los condueños no convinieren en que se adjudique a uno de ellos indemnizando a los demás, se venderá y repartirá su precio
Artículo 406.
Serán aplicables a la división entre los partícipes en la comunidad las reglas concernientes a la división de la herencia.
Nadie puede ser obligado a permanecer en proindiviso; si no os ponéis de acuerdo, cualquiera de los 3 puede acudir al juzgado para pedir la división y el juez acordará la subasta sin que sea necesario ningún tipo de circunstancia especial.
Lo primero, gracias a todos.
Resumamos: en principio no se podría vender la casa, ya que no hay unanimidad. No obstante, se podría ir al juzgado a pedir la división (subasta y reparto entre los herederos).
¿El juez normalmente determinará que se subaste o tienen que concurrir circunstancias especiales (la necesidad de dinero de uno de los herederos,por ejemplo)?
Aquí no rige la mayoría, si no la unanimidad.Si no la hay no se puede vender.Es así de simple de explicar.Un heredero puede fastidiar al resto de por vida,negándose a vender.
Lo de la B esta muy bien, pero a mi tambien me interesa el tema. Si hay un acuerdo entre la mayoria de las partes que heredan, ¿no es posible "obligar" legalmente a que la casa pueda ser vendida de ninguna manera??
Por favor explicadlo con un poco mas de detalle.
Gracias.
Imaginaos que muere una persona que no tiene ningún tipo de femialia, y cuyo patrimonio consta de sólo una casa. Pongamos que designó a 3 herederos en el testamento.
Por tanto, al morir la casa pasa a ser de "herederos de Fulano". Pongamos que 2 de los 3 herederos quiere que se venda la casa y repartir un tercio a cada uno, pero el otro heredero se niega a venderla. ¿Qué pasa?
A) Como dos tienen más fuerza que uno, se puede vender
B)Hay que contar con el beneplácito de los tres para venderla.