Creo que la cuestión es sencilla, porque para vender los pisos primero teneis que suscribir escritura de aceptación y partición de herencia, es decir, poner los inmuebles a vuestro nombre en el Registro de la Propiedad previa escritura, porque sino, no vais a poder otorgar en su día escritura a la persona que os compre los inmuebles.
Por eso, ya que el criterio general es repartir entre vosotros el dinero obtenido por las ventas, no hay inconveniente en que uno de los inmuebles se escriture a tu nombre únicamente en pago de tu herencia y que tus hermanos asuman el proindiviso del resto de los bienes que van a vender, quedandose entonces ellos el dinero de la venta dado que tu cobras tu herencia con el inmueble que se escriture a tu nombre.
Lo malo sería que tus hermanos no consintieran en que tu te quedaras con un inmueble a tu nombre. En este caso, ellos han de tener en cuenta que si tu no firmas en Notaría junto con ellos aceptando la herencia tampoco podrían vender a terceros. Es decir, sería un circulo vicioso que habría que romper por algun lado, por eso les interesa a ellos más que a ti, incluso, llegar a un acuerdo en el sentido antes mencionado.
Un saludo. Ahhhh, no te pueden obligara vender.
somos 3 hermanos a repartir 2 pisos y 4 locales, ellos estan de acuerdo en vender todo y repartir sin embargo a mi me gustaria quedarme uno, dicen que no que todo a venderlo, ¿puedo hacer algo? o pueden obligarme a vender.gracias