Muchas gracias por la molestia que se ha tomado, por lo que me han comentado conocidos del pueblo, cuando han heredado una vivienda de sus padres, les han suspendido por un año el subsidio agrario, desgraciadamente mi esposa tiene a su madre en unas circunstancias que mas proto que tarde nos vamos a ver en eses caso, heredara junto con otros cinco hermanos una casa de sus padres, que clase de abogado tendría que buscar en caso de que le denegasen el subsidio, ya que dinero en metálico no hay solo el bien inmueble, en la espera de no causarle mucha molestia y dándole las gracias nuevamente, un saludo.
Hola. Para el subsidio de desempleo para mayores de 52 años lo que cuenta son las rentas.
El hecho de heredar no genera rentas que repercutan para I.R.P.F. ( cuestión distinta son los impuestos por sucesiones).
Por ello entiendo que no afectan al subsidio.
Cuestión distintas son las rentas que genere posteriormente dicha herencia así como el incremento del patrimonio en caso de venta de algún bien heredado. Eso sí puede afecta al subsidio.
Cuando vendiste tu vivienda, te suspendieron durante 1 año el subsidio por cuanto dicha venta generó un incremento de patrimonio que computa como renta y superaba el límite legal de rentas anuales.
Mi consejo es que cuando aceptes la herencia lo comuniques al SEPE.
El SEPE si entiende que superas el límite de ingresos, te suspenderán el subsidio durante 1 año ( al haberlo comunicado) y entonces podrás reclamar contra dicha suspensión.
Al año siguiente si no se han gnerado rentas que superen el límite legal el SEPE te reanudaría el subsidio.
Saludos
Buenas tardes, quisiera saber como puede afectar en el cobro del subsidio agrario para mayores de 52 el hecho de heredar parte de una vivienda, hago hincapié en lo de agrario porque hace un par de años no era lo mismo si se trataba de la rama general que el agrario, pues vendí una casa y me lo suspendieron por un año, caso que si hubiese sido por la rama general, la suspensión habría sido por un mes.